Entrevista | Francisco Rabuñal Mosquera Presidente del Consello da Avogacía Galega
«La mediación agilizará muchos asuntos, pero en otros será una fuente de gastos»
2025 marcará un antes y un después en la Administración de Justicia. Será el año de la reorganización del mapa judicial y la implantación de medidas extrajudiciales para aliviar la congestión de los tribunales. El presidente del Consello da Avogacía Galega analiza el impacto que tendrá la reforma.

Francisco Rabuñal, presidente del Consello da Avogacía Galega. | C. A. G.
Con la nueva Ley de Eficiencia de Justicia hay un cambio de paradigma, tanto en lo que respecta a la organización de los tribunales como en las reformas procesales, lo que implicará cambios de calado en la labor de los profesionales del Derecho. ¿Cómo afectará a la abogacía gallega?
El impacto tiene que traducirse en una mayor agilización de la justicia a través del aprovechamiento de las sinergias de las actuales unidades judiciales al concentrarse. Al menos ese es parte del objetivo que busca la ley. Pero, como todo, dependerá de la dotación de medios y, por lo tanto, del presupuesto que se dedique a Justicia, que siempre ha sido insuficiente.
¿Qué impacto tendrá la reforma que impulsa los medios alternativos para resolver conflictos en la vía civil o mercantil?
Uno de los objetivos de la ley es el descargar, mediante la desviación previa al proceso judicial a esos medios alternativos de resolución de conflictos, gran parte de los que actualmente llegan a los Juzgados. La abogacía siempre ha intentado con carácter previo al proceso, en mayor o menor medida, evitarlo. Normalmente en una mediación, sin formulismos, entre los abogados de las partes, el que esto se institucionalice y se regule en alguna medida no parece malo. El problema surge si esto en muchos casos termina siendo una nueva fuente de gasto, tanto de tiempo como de dinero, para las partes; ya que hay temas que solo una sentencia es capaz de resolver.
Para el ciudadano de a pie, la reforma que impone la mediación antes de ir al juez, ¿qué mejoras, pero también que obstáculos supondrá?
¿Las mejoras? Creo que la posibilidad de una mayor eficiencia de los medios al servicio de la Administración de Justicia y, la institucionalización de esos medios alternativos de resolución de conflictos —en algunos países más extendidos— que en algunos casos pueden agilizar la resolución de los conflictos. Pero todo pasa por un mayor presupuesto para que la implementación de las reformas de esta ley se desarrollen adecuadamente.
¿Qué papel jugarán los abogados en esta reforma en el plano de la mediación o el arbitraje?
El papel de la abogacía es fundamental. Tradicionalmente el abogado como primer receptor del conflicto siempre ha valorado la resolución de este a través de diversas actividades previas a la vía judicial (conciliaciones, negociaciones...). Además, desde hace años los profesionales de la abogacía se han formado en materia de mediación y arbitraje para ofrecer servicios de calidad a los clientes. Siendo, en muchos casos, estos profesionales el germen y sustento de las instituciones de mediación y arbitraje ya existentes desde hace años en España.
¿En qué porcentaje se pueden incrementar los asuntos por vía extrajudicial con esta reforma?
Es difícil de cuantificar, pero si se han constituido como un requisito de procedibilidad en procesos civiles y mercantiles, la previsión es que sea grande, ya que sin esta actividad previa, no se tendrá acceso al proceso judicial.
¿Es la plantilla actual suficiente para atender los nuevos casos de mediación?
La mediación o el resto de estos medios de resolución de conflictos no se desarrollarán en las sedes judiciales —salvo las conciliaciones—, por lo que en principio esto no supondrá una nueva carga. Cosa diferente es la histórica falta de medios, incluidos los humanos, que siempre ha sufrido la Justicia.
En resumen, menos tiempo para resolver un conflicto...
Bueno, si el conflicto se resuelve en la mediación lo normal es que esta sea más rápida que el proceso judicial. Pero si ésta o cualquier otro medio alternativo no resulta, esto implicará mayor tiempo ya que al anormal plazo judicial —los plazos judiciales se alargan de forma insoportable por falta de medios en muchos casos—, se añadirá el tiempo en tramitar esa mediación que, al final, no ha resultado.
El coste, ¿se reducirá o se corre el riesgo de que aumente con la mediación al no llegar a acuerdo?
La Justicia con carácter general se imparte gratuitamente (salvo los honorarios de los profesionales que puedan intervenir —abogados, procuradores o peritos). Pero el coste del mediador o del instituto de mediación en principio lo deben soportar las partes. Otra cosa es que la administración asuma su coste, como por el momento ha pasado, al menos en Galicia, donde la mediación penal y familiar ha contado con ayudas.
Algunos ejemplos en los que la mediación puede resultar clave para la resolución de conflictos y que ahora atascaban la Justicia...
En el ámbito familiar , incluso en el penal en algunos supuestos, y también que en el mercantil. De todas formas, la materia donde más puede resultar es en aquellos conflictos donde las partes tengan una cierta cultura de la negociación.
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