Desprotección y maltrato animal suponen 2.100 multas en siete años

Al mes la Xunta abre unos 20 expedientes sancionadores por infracciones graves, penadas con hasta 5.000 euros | Falta de documentación y deficientes condiciones, lo más habitual

Operación de la Guardia Civil contra el maltrato animal.

Operación de la Guardia Civil contra el maltrato animal. / L. O. M.

C. Villar

Santiago

Abandonó a su perra de raza bóxer y la dejó morir de inanición prolongada en una vivienda del Concello de Miño (A Coruña). Ese caso, que trascendía hace solo unos días cuando se supo que el magistrado del Juzgado de lo Penal número tres de A Coruña había condenado a 18 meses de cárcel al dueño, es uno de los ejemplos más extremos de maltrato animal que se producen en Galicia. Aunque, por fortuna, ese tipo de daños, los más agresivos y virulentos, no son los más comunes, la Xunta ha tenido constancia de al menos una quincena de situaciones de maltrato de las que se merecen el calificativo de infracción «muy grave» desde que en 2018 entró en vigor en Galicia la Lei de benestar animal, que grava este tipo de conductas con multas de hasta 30.000 euros.

La normativa gallega, cuya pretensión es garantizar que los animales no solo sean alimentados y tratados correctamente y vivan en condiciones dignas, sino también asegurarse de que estén bien identificados, encara su octavo año de existencia con un número de expedientes sancionadores acumulados que supera los 2.100, sin contar los que fueron sobreseídos o archivados y, por tanto, no salieron adelante, y con la constatación, números mediante, de que las infracciones más repetidas por los dueños de mascotas son las que la legislación tacha de «graves». Bajo esa etiqueta, se incluyen comportamientos como el abandono de animales, su no identificación cuando es obligatoria —caso de los perros, con hasta 5.000 euros de multa—, el maltrato que les cause dolor, sufrimiento, lesiones o daños no invalidantes ni irreversibles, el mantenerlos atados o el no disponer de seguro cuando sea imperativo —como ocurre con los perros potencialmente peligrosos en el caso de la ley gallega—.

Los datos de la Consellería de Medio Ambiente muestran que, a pesar de que la cifra de expedientes sancionadores por infracciones graves ha experimentado un ligero descenso —al pasar de los 249 de 2023 a los 239 en 2024—, el montante total sigue en máximos, con el segundo dato más elevado de un ejercicio anual, que se traduce en una media de veinte procedimientos abiertos cada mes de este tipo contra dueños incumplidores.

Si a los expedientes abiertos por infracciones graves —239 el año pasado— se le suman los suscitados por infracciones de carácter leve —que descienden por segundo año hasta los 102— y muy graves (cuatro casos, uno menos que en 2023, pero el doble que en los primeros años pospandemia), los quebrantamientos de la normativa suscitaron en 2024 la apertura de 345 expedientes, la tercera cifra más elevada de la serie, pese a un descenso de casi un 10 por ciento con respecto al año previo.

Según indican desde el departamento que dirige Ángeles Vázquez, las infracciones más frecuentes en materia de bienestar y protección de los animales de compañía son la falta de documentación de los perros —bien sea del microchip de identificación (grave) o bien del pasaporte sanitario (leve)—, las deficientes condiciones higiénico-sanitarias en las que se encuentran (cuya gravedad depende de las lesiones, daños o sufrimiento producido a las víctimas) y de las instalaciones que los albergan (de carácter leve) y la falta de supervisión de las mascotas, cuando se permite que vaguen sueltas y sin control por espacios públicos (una conducta infractora tipificada como leve).

Las sanciones van acordes a la gravedad —aunque las gallegas son bastante más moderadas que las previstas en la nueva legislación estatal—, la cifra de animales perjudicados y sus condiciones. En Galicia, en los episodios más graves se decreta el decomiso y la prohibición de tenencia como sanciones accesorias. El año pasado se decretaron tres confiscaciones, tres prohibiciones de tenencia de animales (por 6, 3 y un año, respectivamente) y una prohibición de recogida y adopción de animales por dos años.

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