El Gobierno impide endeudarse a los concellos sin presupuesto aprobado

El Ejecutivo central aumentará su deuda en 60.000 millones, pese a renunciar a presentar nuevas cuentas | Más de la mitad de ayuntamientos tuvieron sobregasto el año pasado

Daniel Domínguez

Santiago

El Gobierno aprobó el pasado enero elevar en 5.000 millones de euros la emisión de deuda prevista para este año hasta alcanzar los 60.000 más —el bruto son 278.000—, una decisión motivada por la necesidad de dedicar recursos adicionales a la reconstrucción de la Comunidad Valenciana, afectada por la devastadora dana de octubre, que arrasó miles de viviendas y dañó infraestructuras clave, además de matar a más de 200 personas. «Nos dotamos de flexibilidad suficiente para dar respuesta a las necesidades de reconstrucción y relanzamiento que ha generado la catástrofe de la dana, justificó el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Lo hace mientras mantiene unos presupuestos de 2023 que han sido prorrogados dos veces y que proceden de la legislatura anterior. Además, no solo no cuenta con apoyos suficientes para lograr unas nuevas cuentas este 2025, sino que renuncia a presentar un proyecto económico porque sería «hacer perder el tiempo» al Congreso, en palabras de la portavoz del Ejecutivo, Pilar Alegría, que reconoció no haber utilizado.

Mientras tanto, ese mismo Gobierno recuerda a los ayuntamientos y diputaciones que una vez recuperadas las reglas de gasto y resto de normas fiscales suspendidas por la pandemia solo podrán endeudarse a largo plazo aquellas entidades locales que cuenten con un presupuesto aprobado este año. En los planes económicos municipales correspondientes al año pasado, la suscripción de deuda sumó 149 millones de euros. Eso sí, un total de 149 consistorios incurrieron el año pasado en un sobregasto y Hacienda les recordó la necesidad de apretarse el cinturón.

Así figura en una nota informativa elaborada por la Vicepresidencia Primera del Gobierno y Ministerio de Hacienda y publicada a mediados de este mes. En ese documento, se especifica que como «requisitos generales para acceder al endeudamiento» se especifica, conforme a la normativa que vuelve a aplicarse tras el paréntesis de suspensión por la pandemia, contar con presupuesto de 2025 aprobado, así como liquidación presupuestaria de 2024, un saldo en el capital vivo inferior al 110% de los ingresos corrientes liquidados, ahorro neto positivo en 2024 y que la operación mantenga «el principio de prudencia financiera». También se establece la obligación de informar al ministerio.

Hacienda permite algunas excepciones, como permitir la sustitución de operaciones preexistentes donde se modifican el tipo de interés para «conseguir una reducción del coste financiero». Este corsé se refiere al endeudamiento a largo plazo, pero se afloja un poco cuando las operaciones se suscriben a corto plazo, es decir, deuda que se paga en el plazo de un año y cuya cuantía no puede superar el 30% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes. Se trata de las pequeñas operaciones para el día a día y no de los grandes contratos de deuda a pagar en 10 o 15 años.

En este caso, «se podrán formalizar estas operaciones en caso de aprobación o prórroga del presupuesto». En esta situación última se encuentra el Gobierno, a pesar de que ha emitido deuda a largo plazo, según las cifras planteadas por Carlos Cuerpo en la rueda de presta posterior al Consejo de Ministros del 7 de enero.

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