La violencia digital contra sanitarios podrá acarrear multas de hasta 3.000 euros
La Xunta enviará la modificación de la Ley de Salud de Galicia al Parlamento

Entrada del Complexo Hospitalario Universitario de Santiago. / Xoán Álvarez
N. Vázquez
El Consello de la Xunta ha aprobado este martes elevar a rango de ley la prevención y protección frente a las agresiones de todo el personal del sistema gallego de salud, ya sea público o privado, a través de la modificación de la Ley de Salud de Galicia, que ahora será remitida al Parlamento para su debate y aprobación. Esta, además de incluir protección al personal de emergencias y del 061, regula por primera vez la violencia digital como una forma de agresión y las grabaciones en consulta, que podrán suponer una quiebra de la relación de confianza y un cambio de médico.
Entre las novedades que presenta el documento, tal y como explicaron el presidente gallego, Alfonso Rueda, y el conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, destaca que, con la modificación de esta norma, Galicia se convertirá en la primera comunidad en establecer sanciones por agresiones a personal de emergencias y del 061, que hasta ahora no estaban incluidos y son, precisamente, los que tienen uno de los niveles más altos de exposición a este tipo de episodios. De este modo, la norma recoge una definición concreta de lo que es un profesional del ámbito sanitario a efectos de violencia, que «se amplía a todo el personal que realiza actividades sanitarias de carácter asistencial, como funciones de administración, admisión, inspección, traslado de pacientes y cualquier otra que, sin ser estrictamente asistencial, guarde relación con la actividad en centros sanitarios, domicilio del paciente, dispositivos de transporte sanitario o detención sanitaria urgente», señaló el titular de la cartera gallega de Sanidad.
Del mismo modo, «como respuesta a las nuevas formas de violencia», además de la violencia física y verbal, se incluye la violencia digital ejercida por pacientes, familiares o acompañantes contra los profesionales sanitarios, concepto que se extiende no solo a las agresiones cometidas en los recintos, sino también fuera.

El Conselleiro de Sanidade, Antonio Gómez Caamaño, y el presidente Rueda tras el Consello de la Xunta. / Xoán Álvarez
Tipificación de las agresiones
Asimismo, se modifica el capítulo de sanciones de la ley, que tipifica las diferentes infracciones según su gravedad. Así, se considerarán infracciones leves faltas de respeto e insultos, con multas que podrán ir desde los 300 a los 1.500 euros; serán infracciones graves los actos de resistencia, coacción, acoso digital o represalias, con multas de entre 1.501 y 3.000 euros, y se considerarán infracciones muy graves todas las agresiones físicas y la reincidencia de infracciones graves en cinco años. En este último caso, las multas podrán ser de entre 3.001 euros a 15.000.
En el caso de las infracciones graves y muy graves, además, podrán acordarse sanciones accesorias, por las que el paciente podrá ser asignado a otro profesional o incluso a otro centro de salud por un plazo no superior a los 5 años.
Finalmente, entre otras cuestiones, también se regulan las grabaciones en consulta. Estas no pueden prohibirse por ley, pero sí que incurrirán en una quiebra de la relación de confianza cuando se hagan sin el consentimiento expreso del médico. En este caso, el profesional podrá suspender la asistencia dejando constancia en la historia clínica. Eso sí, a la vez, se asegurará la asistencia sanitaria de los pacientes, quedando garantizada su atención por otro profesional.
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