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Usos del litoral

El Gobierno publica la reforma del Reglamento de Costas: 75 años de duración máxima de las concesiones

Busca que las autorizaciones de dominio público marítimo-terrestre se otorguen mediante concurso público, evitando prórrogas automáticas, tras una advertencia de sanción por parte de la Comisión Europea

Playa de Fortiñón, Saiáns.

Playa de Fortiñón, Saiáns. / Alba Villar

X. A. Taboada

Santiago

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) ha sacado a información pública la reforma del Reglamento General de Costas para adaptarlo a la normativa europea de concurrencia competitiva, lo que había motivado, por su incumplimiento, un expediente de infracción. Lo que se fija ahora es que la duración de las concesiones en el litoral no puede ser más de 75 años, contando desde el momento inicial de la aprobación y sumando todas las posteriores renovaciones.

El Gobierno pretende también que las concesiones de ocupación del dominio público marítimo-terrestre (DPMT) se otorguen mediante concurso público y sin que haya una prórroga automática, como ocurría en España contraviniendo la legislación comunitaria. Estos límites se intentaron imponer en anteriores revisiones del reglamento, pero la última iniciativa fue anulada por sentencia del Tribunal Supremo por saltarse el proceso de información pública.

El Ministerio para la Transición Ecológica retoma básicamente esa reforma frustrada, si bien es bastante menos ambiciosa, pues no flexibiliza, por ejemplo, los criterios para ampliar la zona de protección del litoral que sí se recogían en la anterior revisión.

En diciembre de 2024, la Comisión Europea abrió un procedimiento de infracción a España por considerar que las concesiones para actividades económicas no iban en línea con las reglas de concurrencia competitiva de la directiva de servicios. Ahora el Gobierno ha propuesto cambios en el procedimiento para otorgar dichas concesiones a fin de que este sea «imparcial, transparente y sujeto a concurrencia competitiva cuando se trate de actividades económicas».

También se busca evitar el otorgamiento de prórrogas automáticas para concesiones vinculadas a actividades económicas. «Se garantiza que estas concesiones se otorgarán por una duración limitada y adecuada y no darán lugar a un procedimiento de renovación automática ni conllevarán ningún otro tipo de ventaja para el prestador cesante o personas que estén especialmente vinculadas con él», se recoge en la exposición de motivos.

La revisión incluye algunas restricciones, aunque ya menores. Así, no se podrán construir carreteras que discurran longitudinalmente a lo largo de la zona de servidumbre de protección —100 metros de ancho desde la línea de mar—, y en la franja de 500 metros desde la ribera, la llamada zona de influencia, el volumen de las nuevas construcciones debe ser limitado para no formar pantallas.

También se regula la distancia de los chiringuitos en las playas. En los tramos naturales no podrán estar a menos de 300 metros uno de otro y en los urbanos, no inferior a 150 metros. Además, se establecen sus dimensiones máximas.

También, relativo a los arenales, en los catalogados como naturales se indica a los ayuntamientos, como la administración competente, que deben recurrir de manera prioritaria a su limpieza manual frente al uso de maquinaria pesada.

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