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Código Penal

Ir a 80 km/h por el centro de A Coruña: de ser sanción a enfrentarse a prisión

El PSOE quiere rebajar los límites de velocidad punibles: de 60 km/h a 50 por encima del límite en vías urbanas y de 80 km/h a 70 en interurbanas

Las sanciones que hoy acarrean 600 euros de multa y retirada de seis puntos pasarán a ser delito, con pérdida de carné de uno a cuatro años y la amenaza de cárcel si el infractor es reincidente o causa un siniestro grave

Una patrulla durante un control de velocidad en una carretera de Pontevedra.

Una patrulla durante un control de velocidad en una carretera de Pontevedra. / G. C.

A Coruña

Circular a 80 km/h por el centro de A Coruña o a 190 por la AP-9 o la A-6. Pisar el acelerador hasta alcanzar estas velocidades se castiga en la actualidad como unainfracción de tráfico con una multa de 600 euros y la retirada de seis puntos del carné. Pero el PSOE se propone rebajar los umbrales a partir de los que el exceso de velocidad deja de resolverse por la vía administrativa y pasa a convertirse en delito. En consecuencia, quienes se los salten afrontarán un juicio que conllevará desde una multa hasta trabajos en beneficio de la comunidad y, finalmente, la pena de cárcel.

Sea cual sea la condena, el conductor no podrá volver a ponerse al volante entre uno y cuatro años. En la proposición de ley que acaba de presentar en el Congreso, el PSOE plantea modificar el artículo 379.1 del Código Penal para rebajar los límites a partir de los cuales un exceso de velocidad deja de ser una infracción administrativa y pasa a ser delito. La propuesta prevé que en vías urbanas el umbral punible baje de 60 a 50 km/h por encima del límite, y en interurbanas, de 80 a 70 km/h.

Traducido en ejemplos: sería delito alcanzar los 80 km/h en la Avenida del Ejército de A Coruña, en las zonas limitadas a 30 km/h; circular a 100 km/h en una travesía con límite 50 km/h en concellos del área metropolitana como Cambre o Culleredo; o llegar a 190 km/h en un trayecto entre A Coruña y Santiago por la Autopista del Atlántico.

Mientras la reforma de la Ley de Tráfico para rebajar la tasa de alcohol y frenar los avisos de controles policiales en carretera sigue bloqueada en el Congreso, el PSOE ha abierto ahora otro frente en materia de seguridad vial: el de los delitos por exceso de velocidad. Se trata de un debate que este periódico ya adelantó a partir de la batalla emprendida por Pilar Rosanes, la madre de Josep, el joven de 20 años que murió en 2020 en una carretera de Dumbría después de que la moto en la que viajaba fuese arrollada por un conductor que invadió el carril contrario a 126 km/h en una curva limitada a 70. Aun así, el responsable no llegó a ingresar en prisión al ser condenado a dos años de cárcel y carecer de antecedentes.

"Paraíso de los delincuentes viales"

Afincada en Barcelona, aunque de origen gallego, Rosanes convirtió su duelo en una denuncia pública contra una legislación que considera demasiado permisiva con los grandes excesos de velocidad. «Tenemos la maldita ley que hace de este país el paraíso de los delincuentes viales», denunciaba en declaraciones a LA OPINIÓN hace un año.

Pilar Rosanes junto a su hijo Josep, arrollado por un turismo cuando viajaba con su moto en Dumbría en 2020.

Pilar Rosanes junto a su hijo Josep, arrollado por un turismo cuando viajaba con su moto en Dumbría en 2020. / L. O.

Su reivindicación encontró eco en un primer momento en Junts. Su diputada en el Congreso, Marta Madrenas, defendió en declaraciones a este periódico en marzo de 2025 la necesidad de revisar unos umbrales que califica de «locura» y anunciaba su intención de presentar una iniciativa para rebajarlos. Finalmente, fue el PSOE quien registró esta pasado mes de febrero la proposición para modificar el artículo 379.1 del Código Penal.

La reforma propuesta no altera el catálogo de penas. Se mantienen la prisión de tres a seis meses, o la multa de seis a doce meses, o los trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la retirada del carné de conducir entre uno y cuatro años. Lo que cambia son únicamente los umbrales a partir de los cuales el exceso de velocidad se tipifica como delito. Así, en una vía urbana limitada a 50 km/h, hoy solo se considera delito circular a partir de 110 km/h, y en una zona 30, a partir de 90. «Supone, a todas luces, una permisividad excesiva», recoge la iniciativa del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso.

Casi dos décadas de la reforma penal

El PSOE recuerda que la introducción de los delitos de peligro en el año 2007 supuso «un paso decisivo» en la lucha contra la violencia vial, pero entiende que, casi dos décadas después, toca revisar el umbral de velocidad a partir del cual la infracción pasa a ser delito. Los socialistas subrayan que un aumento del 1% en la velocidad incrementa un 4% el riesgo de accidente mortal y advierten de que el 22% de los accidentes mortales registrados en 2024 estuvieron relacionados con una velocidad excesiva o inadecuada.

Añaden que la DGT tramita cada año 3,5 millones de denuncias por velocidad en las carreteras españolas, de las cuales unas 450.000 conllevan pérdida de puntos. A juicio del PSOE, mantener los umbrales actuales resulta «obsoleto» y aleja a España de los estándares internacionales y europeos de seguridad vial. En Francia, por ejemplo, cualquier exceso de velocidad superior a los 50 km/h es considerado delito.

La historia de Pilar Rosanes se ha convertido, mientras tanto, en uno de los símbolos de la lucha de las víctimas para evitar que las carreteras sigan sumando muertos. Su hijo Josep falleció en Dumbría cuando un joven conductor invadió su carril a 126 km/h en una vía limitada a 70. Aun así, el responsable no llegó a ingresar en prisión al ser condenado a dos años de cárcel y carecer de antecedentes, un desenlace que alimentó todavía más el debate sobre si la legislación actual sigue siendo demasiado benévola con conductas de enorme gravedad al volante.

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