Usos en primera línea del mar
La reforma del Reglamento de Costas obligará a adjudicar por concurrencia competitiva las concesiones de marisqueo y acuicultura
La viviendas ubicadas en el dominio público marítimo terrestres y los deslindes no se verán afectados por la revisión de la normativa

Manifestación en Cangas, en 2021, contra el derribo de viviendas en la costa. / Gonzalo Núñez
X. A. Taboada
Activo todavía el plazo de información pública sobre la reforma del Reglamento de Costas, el Gobierno central ha publicado la memoria de impacto normativa de una revisión que, cuando menos, resulta controvertida. El Ministerio para la Transición Ecológica da así, a través de este documento, explicaciones a las administraciones, empresas, asociaciones y particulares que mostraron su interés o preocupación por los efectos de esta modificación y aclara, por ejemplo, que solo afectará a las actividades económicas, pero que no tocará en absoluto la situación de las viviendas situadas en el dominio público marítimo-terrestre (DPMT) —y que están sujetas a concesión— ni la regulación de los deslindes.
En la fase de consulta previa, que discurrió del 4 al 19 de febrero, fueron numerosos los actores que desde Galicia realizaron aportaciones o sugerencias sobre cómo se debía afrontar la reforma, pero también los que pretendían acotar el alcance de la revisión. Entre estos últimos figuran aquellos que reclamaban que la reforma del reglamento no tocase el sistema de concesiones de las viviendas ubicadas dentro del DPMT, que aunque residan en ellas particulares, la titularidad es del Estado y su ocupación depende del otorgamiento de una concesión. «Las viviendas no están afectadas», insiste el ministerio ante las redundantes demandas al respecto.
El Gobierno central subraya que la revisión está forzada por un expediente de sanción de la Comisión Europea a raíz del procedimiento de concesión de los permisos para realizar actividades económicas en la costa, que Bruselas considera que no se ajusta a la normativa europea por permitir prórrogas de hasta 75 años de duración en su conjunto y por bloquear la concurrencia competitiva.
«No existe alternativa, toda vez que el procedimiento de infracción en curso obliga al Reino de España a esta modificación normativa. Se cambia el procedimiento de tramitación de las concesiones para actividades económicas de manera que sean conformes al artículo 12 de la Directiva de Servicios», explica el ministerio. Y porque se refiere solo a las actividades económicas, no se toca el procedimiento que regula las viviendas o los deslindes, algo que se intentó hacer en la frustrada reforma anterior que anuló el Tribunal Supremo por esquivar uno de los trámites de exposición pública. «La Directiva de Servicios no es aplicable a las viviendas, por lo que ninguna de las observaciones tiene relevancia en la modificación que se debe acometer para adaptar las concesiones para actividades económicas a la normativa europea de concurrencia competitiva», se recoge en la memoria.
Marisqueo y acuicultura
Sin embargo, hay una afección clara, sobre todo en Galicia, para una actividad clave en el sector primario: el marisqueo y la acuicultura. Aunque no son actividades de servicio, sí va a ser necesario que las concesiones se sometan a un proceso de concurrencia para su otorgamiento.
Los concellos de Cambados y de la A Illa de Arousa, además de la Generalitat de Cataluña, habían pedido al Gobierno que estos dos sectores fueran excluidos explícitamente de la exigencia de ir a un procedimientos competitivos para hacerse con los permisos y las correspondientes prórrogas. Pero la respuesta ha sido negativa.
La situación de la Ence en la ría de Pontevedra motivó dos aportaciones encontradas. La empresa defendió la legitimidad de su concesión y la Asociación pola Defensa da Ría de Pontevedra pidió que se prohibieran las instalaciones permanentes en el DPMT como la fábrica de celulosa. El ministerio respondió a los dos por igual: no entró en el fondo de la cuestión.
También aclara el Gobierno que la reforma del reglamento no impone más cargas administrativas para las empresas ni más obligaciones, que no afectará a la productividad ni a los empleos y que tampoco limitará las actividades que se puedan realizar en la costa. «La modificación no pretende limitar las actividades que pueden tener título de ocupación del DPMT, sino el procedimiento por el que se otorgan», se destaca.
El ministerio aprovecha para censurar las alegaciones «masivas» de la Xunta y 23 concellos gallegos, 62 asociaciones o empresas y 5 particulares. «No realiza ninguna observación ni sugerencia sobre la consulta previa ni aportación que pueda incorporarse al texto de modificación del Reglamento de Costas. Se limita a criticar la actuación del Gobierno de España y a solicitar la documentación del procedimiento de infracción, que se modifique la ley antes que el reglamento y que se reúna la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, los sectores afectados y los ayuntamientos», se explica.
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