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Cuando el testamento no se hace y la herencia termina en los tribunales gallegos

Uno de cada cuatro gallegos fallece sin dejar testamento

No dejar por escrito las últimas voluntades multiplica por cuatro el coste de los trámites y obliga a los familiares a una burocracia compleja de papeleo y los aboca al riesgo de tener que dirimir el reparto en los juzgados

Interior del edificio de los Nuevos Juzgados de A Coruña.

Interior del edificio de los Nuevos Juzgados de A Coruña. / L. O.

A Coruña

A la tragedia emocional de perder a un ser querido le sigue, en uno de cada cuatro casos, una pesadilla burocrática. Cuando no existe un testamento, el proceso sucesorio deja de ser un simple trámite para convertirse en un laberinto de actas, testigos y minutas notariales que pueden multiplicar por cuatro los costes. Morir sin haber otorgado testamento no solo genera incertidumbre, también encarece y complica la herencia. La razón es simple: sin un documento que marque el camino, los herederos deben iniciar desde cero la obtención de certificados y la acreditación del parentesco.

El primer paso tras el fallecimiento es solicitar el certificado de defunción y, posteriormente, el de últimas voluntades. Es en este punto cuando la ausencia de testamento abre un escenario de más trámites y gestión de documentación. La ley obliga a iniciar una declaración de herederos abintestato, un procedimiento que, aunque regulado, puede convertirse en un rompecabezas administrativo.

La dificultad del trámite depende del grado de parentesco. En el caso de los herederos directos —cónyuge, hijos o padres— el proceso es relativamente ágil, aunque exige aportar actas de matrimonio y nacimiento que acrediten la relación familiar. Sin embargo, cuando los llamados a heredar son parientes colaterales —tíos, sobrinos o primos— la situación se complica todavía más. El notario debe reconstruir el árbol genealógico del fallecido, descartando ramas familiares y solicitando numerosos certificados que acrediten cada vínculo. A ello se suma la obligación de presentar dos testigos que confirmen la realidad familiar del difunto, un requisito que añade más gestiones y, en ocasiones, más tensiones.

Mientras haya acuerdo entre los herederos, la adjudicación de bienes avanza con relativa normalidad. Pero si surge el conflicto, el proceso puede acabar en los tribunales, abriendo una batalla legal que, de haber existido testamento, probablemente se habría evitado. En ese escenario, los bienes pueden quedar intervenidos y se hace necesario el nombramiento de un administrador judicial. Los plazos se alargan, los costes se multiplican y los ahorros de toda una vida corren el riesgo de diluirse entre honorarios profesionales y costas judiciales.

Morir sin testamento no solo deja un vacío emocional. También puede generar un problema jurídico y económico de envergadura. Un documento que apenas requiere unos minutos ante notario y un coste de una media de 50 euros puede evitar años de trámites, discusiones y gastos inesperados.

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