Conservación
La ITV de los edificios avanza a cuentagotas en Galicia: solo medio millar de inmuebles pasaron esta inspección obligatoria en el último año
Solo 5.356 inmuebles superaron la revisión que se exige a los más de 120.000 con una antigüedad superior a los 50 años
No cumplir con este trámite puede acarrear sanciones de hasta 6.000 euros

Edificios de más de 50 años en Vigo. / José Lores
Dos años han transcurrido ya desde que venció el plazo para que 120.000 edificios gallegos de uso residencial se sometieran a una inspección obligatoria para evaluar su estado de conservación y, de momento, solo 5.356 han cumplido. Estas revisiones avanzan a cuentagotas. Desde el pasado año solo 529 inmuebles superaron este examen, pero el 96 por ciento todavía está pendiente y se arriesga a sanciones que pueden oscilar entre los 300 y los 6.000 euros.
Esta especie de «ITV» certifica que estos edificios se encuentran en un estado idóneo desde el punto de vista de la conservación, la accesibilidad o la eficiencia energética. Se trata de una obligación que afecta a todos los inmuebles que superen el medio siglo de antigüedad. Según los datos del Rexistro Galego de Informes de Avaliación dos Edificios, que gestiona la Xunta, superaron esta inspección 5.356 inmuebles. Aunque desde la Consellería de Vivenda e Infraestruturas aclaran que puede haber más edificios que pasaran el examen pero aún están pendientes de que los concellos los anoten en este censo. Según la normativa, los ayuntamientos tienen un plazo de tres meses para inscribirlos en el registro del Gobierno gallego.
De momento, solo once concellos cuentan con edificios que ya superaron este trámite. El ayuntamiento que va más avanzado es Vigo, con 3.940 inmuebles revisados. Le sigue A Coruña, con 1.201. Y, a mucha distancia, están Ferrol (106), Santiago de Compostela (45), Narón (25), Lugo (19), Betanzos (10), Oleiros (6), Monforte de Lemos (2), Pontevedra (1) y Mugardos (1).
Normativa
El decreto que obliga a pasar por esta inspección fue aprobado en 2021. Entonces se dio un plazo de tres años a aquellos edificios que ya superasen los 50 años de antigüedad para pasar esta ITV. Los edificios que, sin embargo, cumplan esa edad estando ya vigente esta norma dispondrán únicamente de un año para pasar el examen.
El plazo tope para disponer de este Informe de Evaluación de Edificios se cumplió en mayo de 2024. Un año después solo 4.000 inmuebles habían pasado el trámite, una cifra que aumentó a 4.827 en 2025 y que ahora se elevó hasta los 5.356.
No contar con esta ITV supone una infracción urbanística, según la Lei do Solo, y puede acarrear la imposición de sanciones. Desde la Consellería de Vivenda no aportan datos, pues avisan de que compete a los ayuntamientos realizar las correspondientes inspecciones para comprobar el grado de cumplimiento del decreto autonómico y fijar las multas. Las sanciones pueden oscilar entre los 300 y los 6.000 euros, a las que se podrá añadir como mínimo el 2 por ciento del valor del inmueble, según contempla la legislación vigente.
Deben ser los propietarios los que asuman la iniciativa y pidan este informe de evaluación, que además tiene un coste. Según los cálculos del sector, en un edificio de 12 viviendas con dos puertas por planta, locales comerciales y dos fachadas la factura podría elevarse hasta los 1.000 euros, es decir, 90 euros por piso.
En todo caso, están exentos de pasar esta ITV los inmuebles que cuenten con declaración de ruina. Y los que dispongan de un certificado de inspección técnica de edificación (ITE) solo deberán completar la revisión con la parte del estudio destinada a accesibilidad y eficiencia energética.
Una vez se supere la inspección, el Informe de Evaluación de Edificios tiene una vigencia de 10 años y que, transcurrido ese tiempo, deberá renovarse para comprobar el estado de conservación del inmueble, el cumplimiento de la normativa sobre accesibilidad y su grado de eficiencia energética.
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