La Xunta paga hasta 836 euros del máster a universitarios en paro: requisitos y cómo solicitar la ayuda
Los interesados podrán presentar su petición por internet desde este jueves y hasta el 6 de octubre | Deberán estar matriculados en al menos 60 créditos y aprobar la mitad para no tener que devolver el dinero

Salida de estudiantes de la Facultad de Económicas de la Universidad de Vigo. / Marta G. Brea
R.V.
Los titulados universitarios que estén desempleados y quieran mejorar su formación podrán solicitar una ayuda de la Xunta para pagar la matrícula de un máster oficial en Galicia durante el curso 2026-2027. La convocatoria cubre hasta 60 créditos matriculados por primera vez, lo que supone una ayuda máxima de entre 591 y 835,80 euros, dependiendo del precio del máster.
El plazo se abre este jueves, 6 de agosto, y permanecerá abierto hasta el 6 de octubre de 2026. La petición deberá realizarse obligatoriamente por internet, a través de la sede electrónica de la Xunta y utilizando el procedimiento ED421A. No se admitirán como presentadas correctamente las solicitudes que se cumplimenten en línea pero no lleguen a firmarse, enviarse y generar el correspondiente justificante.
La Consellería de Educación dispone de una partida inicial de 75.000 euros para estas ayudas. El dinero se distribuirá mediante concurrencia competitiva, por lo que reunir los requisitos no garantiza automáticamente la concesión: las solicitudes se ordenarán según el tiempo que lleve cada aspirante inscrito como demandante de empleo y se atenderán hasta agotar el presupuesto.
¿Quién puede pedir la ayuda?
La convocatoria está dirigida a personas con una titulación universitaria que se encuentren desempleadas en el momento de presentar la solicitud. No basta con haber estado en paro antes de comenzar el máster: el solicitante deberá figurar en situación de desempleo precisamente en la fecha en la que registre la petición.
También deberá haber terminado, como muy tarde el 30 de septiembre de 2025, los estudios universitarios que le permiten acceder al máster. Esto significa que, con carácter general, no podrán solicitarla quienes hayan finalizado su grado durante el curso 2025-2026.
Además, el interesado tendrá que estar matriculado durante el curso 2026-2027 en un máster universitario oficial de 60, 90 o 120 créditos impartido por alguna de las universidades del Sistema Universitario de Galicia.
La matrícula deberá ser de un mínimo de 60 créditos. Para alcanzar ese límite no se tendrán en cuenta las asignaturas o créditos reconocidos, convalidados, validados o adaptados. Por ejemplo, una persona que formalice una matrícula de 60 créditos, pero tenga reconocidos diez, no cumpliría el requisito, porque solo tendría 50 créditos efectivamente matriculados a estos efectos.
Los requisitos, uno a uno
Para poder optar a la ayuda deben cumplirse todas estas condiciones: Estar desempleado el día en que se presenta la solicitud; tener una titulación universitaria que permita acceder al máster; haber terminado esa titulación no más tarde del 30 de septiembre de 2025; estar matriculado por primera vez durante el curso 2026-2027 en un máster oficial de una universidad gallega; cursar un máster de 60, 90 o 120 créditos; matricularse en un mínimo de 60 créditos nuevos, sin contar los reconocidos, convalidados o adaptados; no tener una exención total del pago de la matrícula; y no haber recibido esta misma ayuda en convocatorias anteriores, salvo la excepción establecida para el segundo curso de los másteres de 120 créditos.
¿Sirve para cualquier máster?
La ayuda solo puede utilizarse para un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema Universitario de Galicia.
No cubre títulos propios, cursos de especialización, programas privados sin carácter oficial ni másteres impartidos por universidades de otras comunidades autónomas.
También debe tratarse de una primera matrícula. La ayuda no paga créditos repetidos por haber suspendido una asignatura ni segundas o sucesivas matrículas. Tampoco puede utilizarse para más de un máster.
¿Cuánto paga la Xunta?
La cantidad dependerá del precio público por crédito del máster y del número de créditos matriculados por primera vez. La subvención cubre como máximo 60 créditos.
Para el curso 2026-2027, los créditos de primera matrícula de los másteres oficiales cuestan en Galicia 9,85 o 13,93 euros, según la rama y el tipo de titulación. Por tanto, una matrícula de 60 créditos puede generar estas ayudas:
Másteres a 9,85 euros por crédito: hasta 591 euros.
Másteres a 13,93 euros por crédito: hasta 835,80 euros.
Entre los másteres con el crédito a 13,93 euros se encuentran, entre otros, Psicología General Sanitaria, Ingeniería Industrial, Ingeniería de Telecomunicación, Ingeniería Informática, Arquitectura, Ingeniería Naval y Oceánica o Ingeniería de Caminos. El máster de Profesorado y el de Abogacía y Procura figuran entre los que tienen un precio de 9,85 euros por crédito.
La ayuda se limita al coste de los créditos. No incluye otros gastos administrativos, como la apertura de expediente, la tarjeta universitaria, la expedición de certificados, el alojamiento, el transporte, los libros o el material académico.
Tampoco se subvencionará la parte de la matrícula que ya esté cubierta por una bonificación o exención.
¿Hay que pagar primero la matrícula?
Sí. La convocatoria está destinada a financiar gastos derivados de una matrícula ya formalizada. Entre los datos que comprobará la Administración figura un documento de la universidad en el que deberán aparecer el máster, el número de créditos matriculados y el importe abonado.
Si la ayuda se concede, la Xunta realizará un único pago directamente en la cuenta bancaria indicada por el beneficiario. La persona solicitante deberá ser titular de esa cuenta.
Cómo presentar la solicitud
La petición deberá realizarse exclusivamente por vía electrónica en la sede de la Xunta, buscando el procedimiento ED421A: ayudas destinadas a personas tituladas universitarias en situación de desempleo para la matrícula en un máster universitario oficial.
El interesado deberá seguir estos pasos: Entrar en la sede electrónica de la Xunta; buscar el código de procedimiento ED421A; cubrir el formulario normalizado del anexo I; revisar los datos personales, académicos, laborales y bancarios; adjuntar la documentación que corresponda; firmar electrónicamente la solicitud; y pulsar la opción de presentar o enviar; descargar y conservar el justificante de registro.
Para identificarse y firmar podrá utilizar cualquiera de los sistemas admitidos por la sede electrónica, entre ellos el certificado digital, el DNI electrónico o Chave365.
Es especialmente importante completar el último paso. Cubrir el formulario y guardarlo como borrador no equivale a presentar la solicitud. La convocatoria advierte de que solo se considerarán válidas las peticiones que completen el envío y generen el justificante de presentación.
¿Se puede presentar en papel?
No. La convocatoria establece la presentación electrónica obligatoria.
Si una persona entrega la solicitud presencialmente, la Administración le requerirá para que vuelva a presentarla por internet. A efectos del plazo, contará como fecha de presentación el día en que se realice esa corrección electrónica, no el día en que se entregó el documento en papel.
Esto puede provocar que la petición quede fuera de plazo si la subsanación se realiza después del 6 de octubre.
¿Qué documentación hay que aportar?
Con carácter general, la Xunta consultará de oficio buena parte de la información necesaria, por lo que el solicitante no tendrá que recopilar todos los certificados.
La Administración comprobará automáticamente, salvo que el interesado se oponga, los siguientes datos: El DNI o NIE; la vida laboral de los últimos doce meses; el título universitario que permite acceder al máster; los datos de la matrícula facilitados por la universidad; el número de créditos matriculados y el importe pagado; los periodos de inscripción como demandante de empleo; el cumplimiento de las obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social y la Axencia Tributaria de Galicia.
El solicitante deberá aportar la acreditación correspondiente si presenta la petición mediante un representante. También tendrá que presentar los documentos que la Xunta no pueda consultar automáticamente o aquellos cuya consulta haya rechazado expresamente en el formulario.
La documentación complementaria también deberá entregarse por internet. Si se envía en un momento diferente al de la solicitud, habrá que indicar el código del procedimiento, el órgano responsable y el número de registro o expediente.
No hace falta pedir un certificado del paro para puntuar
La antigüedad como demandante de empleo será comprobada directamente mediante un informe del Servicio Público de Empleo de Galicia.
Los días se contarán de forma ininterrumpida hasta el último día del plazo, el 6 de octubre. Por ello, es aconsejable que el interesado compruebe que su demanda de empleo permanece activa y que no se ha producido una baja o interrupción no deseada.
Quién tendrá prioridad para recibir el dinero
Las ayudas no se repartirán únicamente por orden de llegada. La Xunta establece cinco niveles de prioridad.
En primer lugar estarán las personas que acumulen al menos 180 días de inscripción ininterrumpida como demandantes de empleo y no tengan ya otro título oficial de máster. Dentro de ese grupo se situará primero quien lleve más días inscrito.
En segundo lugar se colocarán quienes también alcancen los 180 días de desempleo ininterrumpido, pero ya posean otro máster oficial.
Después se atenderá a las personas con menos de 180 días inscritas que no tengan otro máster y, a continuación, a las que lleven menos de 180 días y ya cuenten con una titulación de máster.
En último lugar quedarán las demás solicitudes, que sí se ordenarán según la fecha en la que hayan sido presentadas.
En caso de empate se dará prioridad a quien haya obtenido antes el título universitario que le permite acceder al máster, teniendo en cuenta el mes y el año de finalización.
Haber pedido la ayuda no garantiza recibirla
La convocatoria dispone inicialmente de 75.000 euros. Esa cantidad puede incrementarse si existen disponibilidades presupuestarias, pero la Xunta no está obligada a hacerlo.
Las solicitudes que cumplan los requisitos se ordenarán conforme a los criterios anteriores y se concederán hasta que se agote la partida. Por tanto, una persona puede reunir todas las condiciones y quedar sin ayuda por falta de presupuesto.
Hay diez días para corregir los errores
Una vez cerrado el plazo, la Consellería de Educación publicará en su web una lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas. Junto a cada exclusión aparecerá el motivo.
Los afectados dispondrán de diez días para corregir errores o aportar la documentación pendiente. La subsanación deberá realizarse electrónicamente desde la Carpeta ciudadana de la Xunta.
Si el solicitante no corrige los defectos dentro de ese periodo, se entenderá que desiste de su petición. Por eso, después de presentar la ayuda conviene consultar la Carpeta ciudadana y la web de la Consellería de Educación.
¿Cuándo se sabrá si ha sido concedida?
La Xunta dispone de un máximo de cinco meses para resolver, contados desde el día siguiente al cierre del plazo de solicitud.
La lista definitiva de beneficiarios, con las cantidades concedidas, se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en la página web de la Consellería de Educación. También se hará pública la relación de peticiones denegadas.
Si transcurre el plazo máximo sin resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.
Hay que aprobar al menos 30 créditos
Recibir la ayuda obliga a continuar cursando el máster, no anular la matrícula, presentarse a los exámenes y superar al menos 30 créditos entre las convocatorias ordinaria y extraordinaria.
No basta, por tanto, con matricularse y asistir a clase. El beneficiario debe aprobar como mínimo la mitad de los 60 créditos exigidos en la convocatoria.
La Xunta comprobará posteriormente el expediente académico. Entre los datos que podrá consultar figura el extracto de notas del máster con fecha anterior al 17 de agosto de 2027.
Cuándo habrá que devolver el dinero
La devolución íntegra será obligatoria si el beneficiario no supera al menos 30 créditos, anula la matrícula o se comprueba que no reunía los requisitos.
También puede exigirse el reintegro si se ocultaron o falsearon datos, si se incumplen las obligaciones de la convocatoria o si se recibe otra ayuda incompatible para pagar esa misma matrícula.
La devolución puede incluir, además de la cantidad recibida, los correspondientes intereses de demora.
¿Es compatible con la beca del Ministerio?
La convocatoria declara estas ayudas incompatibles con cualquier otra subvención destinada a pagar la misma matrícula.
Por tanto, quien obtenga una beca estatal, autonómica, universitaria o privada que cubra esos mismos precios académicos no podrá cobrar también esta ayuda para el mismo concepto. El beneficiario está obligado a informar a la Xunta si recibe otra subvención con esa finalidad.
Además, las personas que ya tengan derecho a una exención total de matrícula no pueden solicitar esta convocatoria. Las bonificaciones o exenciones parciales se descontarán del importe subvencionable.
Las fechas que no se deben olvidar
6 de agosto de 2026: apertura del plazo.
6 de octubre de 2026: último día para presentar la solicitud.
Diez días: periodo para subsanar la petición después de publicarse la lista provisional.
Cinco meses: plazo máximo de la Xunta para resolver desde el cierre de la convocatoria.
17 de agosto de 2027: fecha de referencia máxima para el extracto académico con el que se comprobará si el beneficiario aprobó los créditos exigidos.
Dónde pedir ayuda si surgen problemas
Las dudas relacionadas con la convocatoria pueden remitirse al correo electrónico orientacion.sug@edu.xunta.gal.
Para problemas generales con la sede electrónica, los formularios o Chave365, los interesados pueden recurrir al teléfono de información 012 o al correo 012@xunta.gal.
Fuente: Faro de Vigo
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