El recurso de un particular contra la orden de derribo de una edificación en construcción de 80 metros cuadrados y la ampliación del cierre en el lugar de Campo, Barrañán, ha sido desestimada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. La Axencia de Protección da Legalidade Urbanística resolvió en mayo de 2009 declarar "ilegalizables" las obras en esta parcela. El 24 del pasado enero el juez dio la razón al organismo autonómico y confirmó el derribo. De nuevo ahora, tras el recurso de apelación interpuesto por el particular, los magistrados vuelven a dar por buena la orden.

La Axencia da Legalidade entendió que las obras se realizaban en suelo rústico sin contar con la pertinente autorización autonómica y que eran incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente. El particular alegó que se encontraba integrada en el entorno urbano, consideración negada por el Superior, que añade que los terrenos están a una distancia inferior a doscientos metros de la ribera del mar, por lo que se ajustan al régimen jurídico de protección de costas. Entre los años 2008 y 2010 la Justicia ha decretado el derribo de cinco viviendas en las parroquias costeras de Chamín y Barrañán. La Xunta decretó por primera vez un derribo en 2008.