El Concello de Carballo tramita la legalización del colegio Artai, que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ordenó derribar a principios de 2005 por irregularidades urbanísticas, una orden que el Supremo ratificó a medidados de 2009. La Junta de Gobierno local aprobará el próximo lunes de forma provisional el plan especial de dotaciones para el establecimiento de un centro docente en suelo rústico de protección ordinaria en la avenida de Razo, donde se encuentra el edificio.

Esta figura urbanística es la única que puede posibilitar la legalización del colegio, aunque la autorización final depende de la Xunta. El Concello ya aprobó el plan especial de forma inicial en el pasado mes de febrero, y después de remitirlo a la Xunta le solicitaron varios cambios como el rebaje de la altura del pabellón polideportivo, por lo que el proyecto tuvo que ser justificado por los técnicos. Al haber alguna modificación, el plan especial tiene que ser aprobado de nuevo por la Junta de Gobierno.

La edil responsable de Urbanismo y alcaldesa en funciones, Milagros Lantes, confía en que la Xunta apruebe de forma definitiva el plan, puesto que es la única forma de legalizar el centro escolar y evitar su demolición. De todas formas, en el Plan General de Ordenación Municipal (PGOM) que se revisa en estos momentos, también se contempla la legalización del edificio escolar.

Desde que el TSXG ordenó el derribo del colegio, el Concello de Carballo siempre confió en que pueda regularizarse la situación, ya que de no ser así las consecuencias sería desastrosas. Por un lado, los centros escolares actuales no tienen capacidad para escolarizar a los 350 alumnos del Artai que se verían afectados, y, por otro, el Ayuntamiento podría tener que hacer frente a indemnizaciones millonarias a la sociedad propietaria por conceder la licencia que anuló el tribunal.

El recurso que originó la sentencia del TSXG fue presentado por Carlos Rodríguez Horta, que en su día fue asesor urbanístico del Concello, cuando gobernaba el Partido Popular. El demandante falleció hace unos años y de momento nadie pidió la ejecución de la sentencia, por lo que parece más fácil realizar el proceso de legalización.

El Superior anuló una resolución de la Dirección Xeral de Urbanismo del 31 de julio del año 2000, por la que autorizaba la construcción del centro en suelo rústico. También anuló dos acuerdos aprobados por la Junta de Gobierno de Carballo el 31 de julio del 2000 y el 3 de abril del 2001, que más tarde el Supremo ratificó en su totalidad. La normativa solo permite construir en suelo rústico en casos excepcionales como cuando no hay más suelo disponible, esté vinculada al medio rural o es para fines de interés general. El juez confirma que no se da ninguno de los casos, ya que se trata de un centro privado y hay un informe del arquitecto donde especifica que había más suelo disponible. Otro de los acuerdos anulados se refiere a que el Concello concedió licencia cuando estaban suspendidas por la tramitación del Plan General de Ordenación Municipal.