El Ayuntamiento de Culleredo ha denegado la licencia solicitada por el Sporting Club Casino para cubrir tres canchas de tenis en sus instalaciones de A Zapateira, obra que había iniciado sin permiso. El Concello justifica la denegación de licencia porque las pistas se encuentran en suelo rústico. El club ha solicitado licencia a la Administración municipal para deshacer los trabajos previos a la instalación de la carpa, ya ejecutados, y así reponer la legalidad. El Ayuntamiento, además, ha remitido a la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) una obra anterior, con la que se cubrieron pistas de pádel, también en suelo rústico, explica el ente municipal.

El Concello explica que deniega la licencia porque no puede ejecutarse esa obra en suelo rústico. Detalla que, para poder instalar la cubierta, el Casino debería impulsar un plan especial de equipamiento en suelo rústico, como ya le había advertido en el informe que ordenó detener los trabajos y reponer la legalidad, a raíz de una denuncia vecinal. En el mismo documento, el servicio municipal de Arquitectura y Urbanismo advirtió de que los trabajos necesitaban un informe del aeropuerto y de que "en su momento y cuando se ejecutó la cubrición de la piscina, se le advirtió a la entidad de que agotaba la edificabilidad que correspondía al suelo". El club sostuvo que el tipo de carpa que preveía instalar sobre las canchas de tenis "no computa edificabilidad", lo que contradice el Ayuntamiento.

El Casino ha pedido permiso para la obra de reposición de la legalidad, que consistirá en deshacer los trabajos previos a la instalación de la cubierta, ya ejecutados, que según el club consistían solo en canalizar servicios. El Ayuntamiento avisó en su informe de que también esa obra requería de permiso, con el que no contaba.

El vecino que denunció la obra para la instalación de la carpa advirtió más adelante de que, años atrás, el Casino había cubierto las pistas de pádel cuando ya había agotado la edificabilidad máxima con la anterior cubrición de la piscina. El Concello remite el expediente a la APLU, ente al que corresponde pronunciarse sobre actos urbanísticos en suelo rústico y dictar las actuaciones correspondientes.