La Xunta ha impuesto una cuarta sanción coercitiva a una vecina de la parroquia oleirense de Maianca por desobedecer la orden de demolición de tres construcciones anexas a la vivienda que se erigieron sin permiso autonómico. La Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) impone la sanción de acuerdo a un expediente de reposición de la legalidad urbanística iniciado en 2011 por la ampliación de la vivienda con los tres anexos ilegales.

El departamento autonómico ha dado orden en cuatro ocasiones de que se derriben las tres construcciones anexas a la vivienda en Broño, en Maianca. En Concreto, emitió una primera resolución ordenando la demolición en agosto de 2012, otra en marzo de 2013, una tercera en octubre de ese mismo año y la última, en junio de 2015.

Las resoluciones ordenaban tirar los tres anexos "por resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente", explica la Axencia en un anuncio publicado ayer en el Diario Oficial de Galicia (DOG) sobre la imposición de una nueva sanción, debido a que la notificación enviada a la vecina había sido devuelta por el servicio de Correos por encontrarse la destinataria ausente durante el reparto.

La última multa coercitiva fue dictada por el director de la Axencia el pasado 6 de septiembre, detalla la publicación en el DOG. La interesada puede consultar el texto íntegro de la resolución en las dependencias de la APLU, en Santiago de Compostela. Contra la resolución, la vecina puede interponer recurso de reposición ante el director de la Axencia en el plazo de un mes desde la notificación. Si la vecina no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo Contencioso-administrativo de la circunscripción del inmueble afectado.