El Tribunal Supremo ha escrito la última línea de un serial jurídico-laboral que mantiene en vilo a buena parte de la plantilla del Concello de Sada desde hace más de diez años. El Alto Tribunal ha rechazado el único recurso interpuesto contra la sentencia del TSXG que, en mayo de 2016, anuló parcialmente las bases específicas de la oferta de empleo público aprobada en 2006, el cuadro de personal de 2005 y 2006 y la relación de puestos de trabajo en lo relativo a la inclusión como personal laboral fijo de los puestos de psicólogo, perito agrónomo, director de la Casa da Cultura, agente de desarrollo local y auxiliar de biblioteca, que deberán ser clasificados como personal funcionario.

Los jueces del Supremo han inadmitido el recurso de una de las afectadas, una perito agrónomo que pedía que se declarase la legalidad de los cuadros de personal de los ejercicios 2005 y 2006 y la Relación de Puestos de Trabajo de 2006 en lo relativo a la inclusión de su plaza como personal laboral. Curiosamente, Comisiones Obreras (CCOO), sindicato que se enfrentó al demandante a lo largo de todo el proceso, se sumó a ahora a su petición de que se inadmitiese el recurso de esta trabajadora.

A raíz de la inadmisión de este recurso otra de las trabajadoras afectadas presentó hace un par de días ante o TSXG un incidente de nulidad de las actuaciones contra las resoluciones anteriores del Superior. Según expertos consultados, este recurso tiene escasas posibilidades de prosperar y suele ser un trámite previo para elevar al caso del Constitucional, un extremo que no paralizaría la ejecución de la sentencia.

Los plazos para ejecutar la sentencia se acercan y será en ese momento cuando se determine el alcance del fallo. El Supremo debe remitir ahora las actuaciones al TSXG y reclamar al Concello su ejecución. El Gobierno local ya manifestó hace meses su disposición de convocar a los sindicatos para "estudiar los efectos de la sentencia y los criterios para su ejecución".

Una de las claves que deberán dirimirse en fase de ejecución es la relativa a la valoración de la experiencia. Como ya informó este diario, los jueces han anulado las bases específicas aprobadas durante el último año de mandato de Ramón Rodríguez Ares porque valoraban desigualmente los servicios prestados en el Concello de Sada (0,25 por mes), en otros ayuntamientos (0,10) y en otra Administración (0,05. Los jueces dieron la razón al recurrente, el exconcejal del BNG Benedicto Álvarez, y concluyeron que la valoración era "injustificada y desproporcionada" y vulneraba los principios de igualdad.

El alcance del fallo está por fijar. Los jueces no aclaran en sus autos cómo deben valorarse los servicios previos ni tampoco si bastaría con una nueva valoración o debería repetirse el proceso, dado que no solo tumba las bases específicas, sino también sus actos de ejecución y desarrollo. Serán los servicios jurídicos municipales los que arrojen luz sobre estos extremos. Tras diez años en litigio, ahora es el Concello el que debe dar una solución definitiva a este enquistado proceso laboral.