El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado una resolución del Ayuntamiento de Oleiros mediante la que le negó a un propietario un proyecto de normalización de terrenos urbanos en Perillo, cerca de la urbanización O Carballido.

Una normalización de predios es un proceso mediante el que propietarios de suelo urbano pueden cambiar la configuración de sus fincas (reparcelarlas) con el fin de adaptarlas a las previsiones del plan general. Procede hacerla cuando hace falta reconfigurar una parcela respecto al vial al que da frente para ajustarse a la alineación oficial, o cuando tiene un fondo o frente insuficientes para permitir edificarla.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de A Coruña había respaldado al Concello pero ahora el TSXG revoca la sentencia, le da la razón al particular, estima que el Concello no actuó "conforme a derecho" al negarse a aprobar esta regularización mediante una resolución en 2014, anula dicha resolución y ordena al Concello que apruebe la solicitud de normalización de fincas que le solicitó el propietario.

El Concello denegó la solicitud presentada por un particular al entender que el plan general urbano estaba mal por delimitar ese ámbito de normalización de fincas, pero esa denegación ahora es anulada por el Tribunal Superior, que considera "patente" la actuación contraria a derecho que hizo el Concello.

"Si el Ayuntamiento aceptase la existencia de alguno de esos errores lo que tenía que hacer era iniciar las actuaciones necesarias para llegar a la modificación puntual del plan general en la zona litigiosa y suspender entretanto la concesión de licencias o la tramitación de un procedimiento como el litigioso, pero no dejar de aplicar un plan general plenamente vigente y que, en lo relativo a la zona litigiosa, no consta que nadie lo haya impugnado", afirma el TSXG.

Rechaza el argumento de que aceptar esta normalización supondría beneficiar a parcelas que pasarían a tener un vial de acceso que no tienen porque la apertura de dicho vial "es una determinación del plan general" y el proyecto de normalización de fincas tiene que respetarlo. Sobre el argumento de que podía reparcelar en lugar de iniciar esta regularización, el Superior da la razón al particular en que en suelo urbano consolidado no se puede reparcelar.

El Alto Tribunal gallego sí discrepa, respecto al proyecto de normalización presentado por el particular, sobre el valor de tasación unitario del suelo a reordenar, porque lo fijó en 68,58 euros el metro cuadrado mientras la otra parte consideró que debían de ser 239,66 euros el metro. El Superior opta por tomar la valoración del perito judicial: 156,35 euros el metro cuadrado.