El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha decretado nuevamente el cierre cautelar de La Fuente, el mayor club de alterne de la comarca. Los jueces han dado la razón al Concello de Bergondo por rechazar el recurso de la empresa Complejo La Fuente- Continental La Fontana contra la orden de suspensión de la actividad y contra la decisión del Concello de declarar la ineficacia de la comunicación previa solicitada en 2015 por la nueva titular de las instalaciones.

Los gestores de este club de alterne y el Concello de Bergondo se enfrentan desde hace ya casi cuatro años en los tribunales. Los jueces avalaron ya en 2014 la procedencia de abrir un expediente de reposición de la legalidad urbanística al local tras constatar que la actividad se desarrollaba en una nave que solo disponía de una licencia de obra, concedida allá por 1980, para la instalación de una carpintería de madera.

El proceso, que culminó con un decreto de cierre cautelar, arrancó a principios del 2013 a raíz de una investigación de la Guardia Civil. El Ayuntamiento abrió un expediente urbanístico y decretó en enero de 2014 el cese inmediato de la actividad del club, que poco antes había entrado en concurso de acreedores acuciado por las deudas. El Concello basó la orden en el hecho de que el local ocupaba suelo industrial en el que no se permite actividades de hostelería.

La empresa recurrió hasta el final la orden de cierre. Los propietarios alegaron que a lo largo de los años habían presentado diversas solicitudes de licencia para su apertura como hostal (en el año 2000), ampliación de la nave (en 1998) y la ejecución de diversas reformas, pero que los permisos no llegaron a resolverse.

Alegaron también que el club llevaba abierto 16 años y que durante todo ese tiempo "el Concello nunca había hecho nada". Sus alegaciones no convencieron a los jueces, que rechazaron todos sus recursos.

El largo proceso judicial provocó la caducidad del expediente de reposición a la legalidad del club de alterne abierto por el Concello, que en 2015 tuvo que reiniciar el procedimiento y dictar una nueva orden de suspensión cautelar.

Paralelamente, la empresa gestora del local de alterne subrogó la actividad en otra firma, que solicitó licencia de actividad (a través del trámite de comunicación previa) y que recurrió judicialmente su denegación y la orden de suspensión de la actividad.

La empresa alegó que era cierto que la anterior titular carecía de licencia, pero adujo que los nuevos gestores sí la habían solicitado. Sostuvo además que su actividad es compatible con el uso industrial del suelo y se aferró a una modificación del planeamiento que tramita actualmente el Concello de Bergondo y que legalizaría su actividad, al abrir la puerta a otros usos.

Los jueces rechazaron todos los argumentos de la empresa. El Superior replicó que no se puede trasmitir una licencia que no existe y que la actividad, que la normativa urbanística no permite usos hosteleros en el ámbito y que en ningún caso procede ampararse en futuras y posibles modificaciones del planeamiento. Los gestores de La Fuente podrían aún recurrir la sentencia en casación.