El Gobierno local de Oleiros en 2012 adjudicó la defensa jurídica del Concello al despacho Antas Hernández por dos años y volvió a contratarlo en 2015 por otros dos años, en ambos casos por procedimiento negociado sin publicidad. El Ejecutivo en los últimos años ha ido eliminando este procedimiento de contratación, que no garantiza la transparencia, la igualdad y la libre concurrencia como hace el contrato abierto, tal y como le ha advertido el Consello de Contas en su informe de fiscalización. Ahora, cinco años después de estos dos contratos negociados, acaba de sacar el tercer contrato para tener un letrado que le defienda en los pleitos, desde marzo de este año hasta febrero de 2020, y por primera vez ha utilizado la licitación pública, que incluye unos requisitos en el pliego de condiciones más restrictivos.

Si en 2012 y en 2015 este contrato se licitó por 52.758 euros, ahora el presupuesto base es de 60.000, un 13,7% más. También ha cambiado la duración del contrato: antes eran dos años sin prórrogas y en esta tercera licitación se permiten dos prórrogas, hasta cuatro años en total.

En la acreditación de la solvencia económica, cuando los contratos eran negociados sin publicidad se pedía una declaración del volumen del negocio de los despachos de abogados aspirantes referido a los últimos tres años, además de exigir que tuviese cuentas anuales presentadas en el registro. Ahora en el contrato abierto se pide que el despacho tenga un volumen de negocio anual neto de como mínimo 30.000 euros sin IVA y además de las cuentas registradas debe presentar un resumen anual del IVA.

Si antes valía una declaración del banco de existencias para un seguro de indemnización por riesgos profesionales, ahora se demanda contratar un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima por siniestro y por año de 600.000 euros, lo que hace que este contrato no sea asequible para muchos despachos.

Si en la anterior licitación, por proceso negociado, se pedía experiencia mínima de tres años, ahora se piden cinco y además se incluye un requisito para probar que tiene solvencia económica suficiente: que el importe anual en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato o de su anualidad media si ésta es inferior al valor estimado del contrato.

El pliego de cláusulas también incluye ahora un apartado eliminatorio. Hay que pasar dos fases y la primera es de criterios subjetivos, valora el Concello subjetivamente, y a esta fase le otorga la mayor puntuación, 35 en total. Si no se consigue un mínimo de 18 puntos en esta fase de valoración subjetiva, el despacho que se presente a este contrato ya queda excluido, no entra en la fase dos de criterios objetivos que tiene solo 15 puntos mientras la oferta económica tiene veinte puntos.

En la fase de criterios subjetivos, eliminatoria, se puntúa la cualificación del equipo profesional, se valora el trabajo en la administración local y los pleitos relacionados con el ámbito contencioso-administrativo que se han llevado en los últimos cinco años y su fallo, si fueron a favor o en contra del abogado que aspira al contrato del Concello.