El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha duplicado la indemnización que se debe abonar a unos propietarios afectados por una expropiación para la construcción d la vía ártabra. En concreto, admite en parte el recurso contencioso-administrativo presentado contra el precio fijado por el Jurado de Expropiación de Galicia en septiembre de 2015 por expropiar parte de una propiedad par el trecho de la Nacional-VI en el enlace de Meirás y variante de Oleiros.

El Superior dicta en su sentencia, de abril de este año, que el valor de la depreciación que sufre la vivienda situada en la parte no expropiada de la finca debe situarse en 43.100 euros, y no en los 11.450 que había estipulado el Jurado de Expropiación, parte del acuerdo que sentencia que debe quedar anulado. Los recurrentes reclamaban que se aumentara la indemnización por este concepto hasta los 56.610 euros. Admite que la afección que supondrá una depreciación de la vivienda radica en la proximidad a la carretera que resultará de la obra. Falla, sin embargo, que no procede aumentar el valor por porcentaje.

El TSXG no incrementa la cuantía de la expropiación por la afección a la parte de la finca que queda sin expropiar, como reclamaban también los recurrentes. Con respecto a este extremo, la Administración demandada, la Xunta, defendió que "no existe demérito porque no hay pérdida de posibilidades constructivas y los perjuicios relacionados con el ocio y otros no resultan indemnizables porque son limitaciones genéricas del dominio.