El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado el recurso de Cepsa contra el acuerdo del jurado de expropiación que en 2016 fijó el justiprecio de la gasolinera de Santa Cruz afectada por las obras de la rotonda en 225.032 euros. La sala de lo contencioso número dos rechaza todos los argumentos de la empresa, que denunció una insuficiente valoración del suelo y la omisión de la indemnización por cese de negocio y por la degasificación de las instalaciones.

El Alto Tribunal reconoce aún así el derecho de la empresa de exigir una indemnización mayor tras el fallo judicial que anuló la decisión del Concello de Oleiros de revocar la licencia de actividad de la gasolinera. El TSXG estima que esta reclamación debe ser objeto de otro procedimiento y destaca que el Ayuntamiento ya ha abierto "un expediente complementario para la valoración del nuevo justiprecio reconocido". "La indemnización por cese no puede ser acogida en el presente pues podría producirse un enriquecimiento injusto con la que se derive de este expediente complementario", recoge el fallo. Los jueces cuestionan con todo el derecho de Cepsa a una indemnización por cese y apelan a la necesidad de distinguir entre extinción de actividad y traslado. "En este supuesto, la imposibilidad material de ubicarse en otro lugar no se acredita", advierten en el fallo.