El Gobierno local de Arteixo ha desestimado los recursos presentados por las empresas Red Eléctrica de España y Naturgy contra la liquidación tributaria de la tasa del dominio público, que grava el aprovechamiento privativo de los terrenos de titularidad municipal. Las dos compañías ahora pueden optar por acudir o no al Contencioso-administrativo para intentar evitar tener que abonar esta tasa. El Tribunal Supremo ya avaló en 2017 la ordenanza que rige este impuesto. A Red Eléctrica le corresponde abonar 27.119 euros y a Naturgy, 35.214 euros.

El Concello aprobó en diciembre las liquidaciones tributarias que remitió posteriormente a las empresas eléctricas por esta tasa. El Gobierno local inició por primera vez el cobro de todos los ejercicios fiscales desde que entró en vigor la ordenanza, lo cual ocurrió en el año 2015. La previsión del Ejecutivo municipal era de recaudar aproximadamente 400.000 euros con este primer cobro y que después obtener 190.000 euros anualmente.

Red Eléctrica presentó un recurso el 25 de enero de este año en el que argumentó, según recoge una resolución firmada por el alcalde, que "la liquidación es inválida pues el número de elementos contemplados puede no ser correcto" y que hay "desproporcionalidad" en la cuantía que le corresponde abonar, que son 27.119 euros. También alegó que se le impone una doble imposición tributaria. El alcalde, Carlos Calvelo, firmó una resolución el 22 de febrero en el que rechaza la petición. El Ejecutivo considera que la empresa "nada ha probado" sobre el número de elementos sobre los que se calcula la tasa y que la cuantía viene establecida en la ordenanza. También indica que esta tasa grava los beneficios que obtengan las empresas por suministrar servicios, lo que es un concepto diferente.

El grupo Naturgy recurrió la liquidación tributaria que le corresponde abonar a través de dos de sus empresas filiales, Nedgia (empresa suministradora de gas) y UFD Distribución Electricidad (distribuidora de energía eléctrica). Las dos presentaron el recurso el 28 de enero. El Concello obliga a la primera a pagar 14.608 euros y a la segunda un total de 20.605 euros.

UFD y Nedgia alegaron que hay una "doble imposición" tributaria, lo cual fue rechazado por el Gobierno local, ya que considera que el tributo grava un concepto diferente. Las empresas también criticaron que los criterios de este tributo son "desproporcionados" y "carentes de transparencia". El alcalde firmó una resolución para desestimar este recurso el 22 de febrero.