El Concello de Arteixo deberá devolver, con intereses de demora, las cuotas de urbanización que cobró a tres propietarios de terrenos en el ámbito de suelo urbano no consolidado donde se ubica el centro de salud de Vilarrodís. Así lo ordena una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña. Este fallo llega después de que otro tribunal tumbase en 2016 los acuerdos para urbanizar y cobrar las cuotas del mismo ámbito.

El fallo reconoce el derecho a la devolución de las cuotas que abonaron estos tres propietarios, que recurrieron a la Justicia después de que el Concello no contestase a la solicitud en la que reclamaron que se les reintegrasen estos fondos. Las cuotas ascienden a un total de 25.132 euros. A esta cantidad hay que añadir los intereses de demora, que son 2.327 euros, según figura en una resolución firmada por el alcalde, Carlos Calvelo, a la que ha tenido acceso este diario, y en la que autoriza la devolución de estas cuotas. El Concello también ha sido condenado a abonar las costas, aunque la resolución no especifica la cantidad.

El Gobierno local asegura que volverá a cobrar las cuotas de urbanización a estos tres propietarios "inmediatamente", aunque lo hará de forma provisional y no definitiva.

El ámbito de suelo urbano no consolidado donde se ubica el centro de salud de Vilarrodís lleva años inmerso en diversas polémicas. Primero, por la inclusión por error de una vivienda habitada que tuvo que ser derribada y, después, por las quejas de los propietarios de los terrenos, que denunciaron en más de una ocasión irregularidades en el desarrollo de las obras de urbanización de este desarrollo.

El Juzgado de lo Contencioso administrativo número 4 de A Coruña dio la razón en 2016 a la propietaria mayoritaria, la promotora Construcciones Navila, y anuló los acuerdos de ejecución, liquidación definitiva y cobro de las cuotas de urbanización y también el que dio luz verde a una modificación del proyecto que, concluye el juez, carecía de justificación y se fundamentaba en "mera literatura".

El desarrollo del ámbito se hizo por el sistema de cooperación, es decir, que el Concello contrataba las obras y repercutía después el coste a los propietarios. La promotora, que tiene licencia para ejecutar un edificio de 80 viviendas, denunció diversas anomalías y "atropellos" durante la ejecución de los trabajos y presentó dos recursos que fueron desestimados.

El juez dio la razón a la promotora y tumbó las resoluciones del Gobierno local tras constatar cambios irregulares en el proyecto y que se certificaron los trabajos pese a estar inacabados. La sentencia dejó en evidencia también las contradicciones entre los técnicos del Concello, especialmente entre la ingeniera municipal y el arquitecto, que emitió un informe en el que sí constataba irregularidades. Uno de los acuerdos del Concello que le valió un tirón de orejas del juez fue aprobar un modificado del proyecto y que, en opinión del magistrado, no aportaba razones de interés público.

La inejecución de un vial, el cambio de los materiales de parte del mobiliario y el pavimento por otros de peor calidad, la aprobación de un proyecto modificado y otro de obras complementarias sin el correspondiente visado son algunas de las anomalías que han llevado ahora al juzgado a anular los acuerdos del Gobierno local que desestimaron las alegaciones de la promotora. En concreto, los recursos contra la modificación del proyecto y las relativas al expediente de las obras de urbanización del ámbito, su ejecución y la liquidación definitiva de las cuotas. El juez declaró nulos todos estos acuerdos por ser contrarios a derecho.