El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha desestimado un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad Xestión do Solo de Galicia contra el precio de las expropiaciones del polígono de Pedrapartida, en Coirós. No es la primera vez que este parque empresarial ejecutado hace alrededor quince años acaba en los juzgados por discrepancias en la tasación del suelo. Los jueces ya tumbaron en 2015 una tasación por irregularidades en la composición del jurado provincial de expropiación de 2004.

El Alto Tribunal rechaza ahora un recurso de Xestur que exigía reducir la tasación de terrenos afectados a la mitad del precio que fue reconocido por el Xurado de Expropiación de Galicia en noviembre de 2016 y marzo de 2017, de 9,39 euros por metro cuadrado a 4,20.

La empresa pública Xestur interpuso un recurso contra la tasación del jurado alegando que había aplicado incorrectamente el método de residual dinámico, que es el que corresponde aplicar en estos casos.

Los jueces han rechazado sus argumentos y cuestionan que Xestur realice una "crítica total" de todos los elementos de juicio tenidos en cuenta por el jurado y que los califique "sistemáticamente y de manera subjetiva" de arbitrarios, inexplicables, ilógicos, irracionales o incoherentes, según recoge el fallo, que todavía puede recurrirse en casación.

Los jueces argumentan que Xestur ofreció unos datos valorativos alternativos basados en un único informe técnico contradictorio y que, "inexplicablemente", "no se pidió siquiera una pericial judicial que aclarase de manera imparcial y objetiva las pautas valorativas en discusión".

"Hay que apreciar, por tanto, una clara ausencia de prueba demostrativa de los errores valorativos en que, supuestamente, habría incurrido el organismo tasador", concluyen los jueces, que consideran que Xestur no ha acreditado errores en el cálculo del jurado y le ordena a pagar las costas hasta un máximo de 2.500 euros.