"La familia va a iniciar un procedimiento para reclamar daños y perjuicios a la Consellería de Política Social por cinco años de calvario, desprecios, pisotones y zancadillas", anunció ayer Sandra Llopis, la madre del estudiante de Oleiros que nació sin iris, tras dar a conocer la sentencia del Juzgado de lo Social Número 2 de Refuerzo de A Coruña que ha elevado el grado de discapacidad de Fran Amor del 70% al 75% (y con fecha de agosto de 2018) lo que automáticamente (gracias a que quedó acreditado que necesita de otra persona para su vida diaria) le hace entrar en la categoría máxima a la hora de percibir una pensión no contributiva además de otros beneficios como matrícula universitaria gratuita o becas. Conseguir este derecho es por lo que esta familia que vive en Rialta llevaba cinco años luchando, así que ayer se mostraron "satisfechos", a pesar de que la sentencia no haya estimado todo lo que solicitaban (incluir el código de la aniridia, al ser competencia estatal).

El juez en la sentencia muestra su sorpresa porque Política Social no otorgase puntos sociales a Fran Amor por más conceptos, como la falta de posibilidades para adquirir, por carecer de recursos económicos, equipos que pudiesen ayudarle en su vida y estudios. Subraya que quedó acreditado el "tremendo esfuerzo" del joven para cursar bachillerato y tener un expediente "muy meritorio" que solo es posible gracias a su "admirable esfuerzo personal y su encomiable voluntad de superación".

Fran Amor padece aniridia bilateral completa debido a una mutación, como su madre, por lo que sufre mala visión, fotofobia, glaucoma y catarata, entre otros. Vive con sus padres y la unidad familiar solo ingresa la pensión de la madre. El padre, Javier Llopis, lleva tiempo en paro y dependen del Concello y de ONG para pagar el alquiler y alimentos.

Fran Amor Llopis, que el mes pasado cumplió los 18 años, no pudo acudir a la rueda de prensa que dieron sus padres junto al oftalmólogo Manrique Villafranca porque está con los exámenes, prevé matricularse en Psicología. Su madre, Sandra, leyó un escrito suyo en la comparecencia en el que agradecía todo el apoyo recibido y daba gracias al juez "no solo por impartir justicia sino también por poner su punto de vista ético".

En la sentencia del juzgado se parte de que ninguna de las partes, ni la familia ni la Xunta, impugnaban el grado de discapacidad de Fran Amor, fijado en un 64%, sino que la discrepancia estaba en los puntos que se añaden por factores sociales (entorno familiar, renta). Política Social le daba 6 puntos y la familia solicitaba 12. El juez finalmente le otorgó 11, por lo que suma un 75%, el grado máximo.

La familia presentó la demanda contra la Xunta en 2017 y entonces pedía que se le reconociese a Fran un 65% porque la Xunta solo le daba un 58% (52% por deficiencia por la aniridia más un 6% por factores sociales). Debido a la demora de la tramitación judicial, con una huelga de funcionarios judiciales por medio, el proceso se alargó y mientras tanto caducó el certificado de discapacidad del joven y una nueva valoración de la Xunta elevó la discapacidad hasta un 70% al sumarle 6 puntos por factores sociales. Entonces, después de certificarse además de que la agudeza visual del chico había empeorado, el abogado de la familia amplió el objeto de la demanda y reclamó mayor grado, un 76%.

Sandra Llopis destacó que fue gracias a salir en los medios de comunicación que la Xunta aumentó el grado de discapacidad de Fran Amor. Política Social, en un comunicado enviado anteayer, señalaba que los tribunales avalaban la valoración médica de la discapacidad, el trabajo del equipo de valoración (EVO), porque en un párrafo de la sentencia se señalaba que "resulta que no se puede reprochar al EVO ni a la Consellería demandada que no hubieran diagnosticado correctamente la patología que padece Francisco". No se incluía sin embargo el siguiente párrafo de la sentencia donde el juez añade que no se le puede reprochar que no diagnosticasen correctamente porque "no realizan diagnóstico alguno".