El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha acordado reducir de 166.667 a 20.001 euros la multa que impuso la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística a una empresa que desarrollaba la actividad de taller mecánico en una nave ubicada en suelo rústico en la parroquia de Ledoño, en Culleredo.

El fallo recoge que "se reconvirtió una nave preexistente a una actividad no permitida". Pasó de estar dedicada a la cría de conejos a acoger un taller mecánico.

El Tribunal Superior explica que las obras consistieron en "sobreelevación parcial de la altura de la nave para dedicarla a taller mecánico de reparación de vehículos y el efectivo ejercicio de la actividad en la que la Administración reconoce que cesó voluntariamente" tras ser notificado. También señala que "el comportamiento merece un reproche", pero que el carácter de la sanción debe ser "atemperado a la gravedad del daño producido". Rebaja de muy grave a grave la multa.