El Concello de Cerceda vuelve a vivir una situación política convulsa. El alcalde, José García Liñares, acaba de ser inhabilitado para ejercer cualquier cargo público por un delito de prevaricación. Esta es una situación casi idéntica a la que se vivió a principios de este año, cuando se hizo público que el juzgado había condenado al regidor. Cuatro meses después, la Audiencia Provincial anuló el fallo y ordenó repetir la vista al verse comprometida la imparcialidad judicial. El resultado del segundo juicio vuelve a dejar inhabilitado a Liñares. Esta vez, otro magistrado diferente analizó el caso y lo ha vuelto a condenar.

¿Qué ocurrirá ahora? El regidor no lo ha aclarado. El pasado miércoles se limitó a decir que "dependerá de lo que digan los jueces" y que se mantendrá por el momento en el cargo. Tras la primera condena, el secretario municipal elaboró un informe a petición de la oposición en el que concluyó que el regidor debía cesar de sus cargos por la condena por delitos de prevaricación y fraude. Ahora solo está penado por el primero de ellos.

El PP ya ha anunciado que solicitará la convocatoria de un pleno en el que se dé cuenta de la sentencia para que el alcalde tenga que dejar su cargo, tal y como ocurrió la primera vez. En febrero de este año, fue el secretario municipal el que convocó esta sesión, en la que Liñares y el resto de concejales del PSOE votaron en contra de tomar conocimiento de la sentencia y pedir la credencial del sustituto del regidor. Lo hicieron en contra del criterio del secretario municipal, que es el encargado de velar por el cumplimiento de la legalidad. El secretario reiteró hasta tres veces en el pleno que el asunto no debía someterse a debate y que se trataba únicamente de una toma de conocimiento dado que la ley de régimen electoral establece que una condena por un delito contra la administración, como era el caso, es incompatible con el cargo sea o no firme.

El funcionario había elaborado previamente un informe en el que dejaba claro que solo era necesario convocar el pleno para dar conocimiento de la sentencia condenatoria. "No resulta necesario que el condenado renuncie, sino que bastaría con que el pleno de la Corporación tomara conocimiento de ello y solicitara a la Junta Electoral Central la expedición de la credencial del candidato siguiente de la lista", aseguraba en el informe.

El Concello vivió una insólita situación tras la celebración del pleno. Tuvo dos alcaldes: José García Liñares, que se aferró al puesto tras la condena, y Cristina Capelán, edil que el secretario municipal consideraba que es la alcaldesa en funciones. Durante ese tiempo, la segunda fue la que firmó todos los decretos de Alcaldía.

Las elecciones municipales permitieron normalizar, por un breve periodo de tiempo, la situación del Ayuntamiento. Liñares revalidó la mayoría absoluta y volvió a ser elegido alcalde.

Las reacciones tras la nueva sentencia no se han hecho esperar. Los populares han explicado tras conocer el fallo que en su momento solo denunciaron ante la Fiscalía "un delito de prevaricación" y que hasta ahora "dos jueces distintos" han dictado la "misma sentencia" sobre ese apartado. También han anunciado que solicitarán la convocatoria de un pleno para dar cuenta de la existencia de la sentencia y denunciaron que el alcalde debe dejar el cargo. El BNG ha afirmado que "ha quedado demostrado" que el alcalde "empezó las obras antes de adjudicarlas" y que en los próximos días concretará su postura en una asamblea local.

El Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña ha condenado al alcalde de Cerceda, José García Liñares, a ocho años de inhabilitación para ejercer cualquier cargo o empleo público por un delito de prevaricación administrativa por irregularidades en la contratación en 2015 de las obras del jardín botánico. Este es el resultado de la repetición del juicio que se celebró a mediados de julio después de la anulación del primer fallo, en el que también había sido condenado al regidor. El juez impone al aparejador municipal cuatro años de inhabilitación por el mismo delito y le atribuye otro de falsedad. La defensa ha anunciado que va a recurrir este fallo en cuanto reciban la grabación de la vista.

El fallo del magistrado considera que los trabajos en el botánico, con un importe de 300.000 euros, "carecían de cualquier cobertura legal" porque comenzaron antes de que concluyese el proceso de licitación y que la orden "para la ejecución solo podía proceder del alcalde". "Carecía de aprobación previa y fueron acordados al margen completamente de la legalidad y colma el tipo objetivo de delito de prevaricación", afirma el juez.

El juez da por válidas las fotografías que realizaron el concejal del Partido Popular, Francisco Santos, y un notario entre el 31 de marzo y el 1 de abril de 2015 de las obras en el botánico. También indica que dos ofertas de empresas para esta actuación llegaron el 1 de abril al Concello.

La sentencia señala que "no se ha probado en absoluto que la fecha que consta en fotografías no sea auténtica" y que estas imágenes permiten ver "claramente" que no se estaban realizando "movimientos de tierras y excavaciones para la colocación de un pequeño drenaje a 40 centímetros de profundidad", tal y como defendía la defensa, y que se puede ver que estas obras se correspondían a las lagunas.