El Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña ha declarado nulo el despido de una trabajadora por parte del Ayuntamiento de Vilasantar, al que condena a la "inmediata readmisión" de la empleada en las mismas condiciones que hasta su despido y al pago de 6.251 euros en concepto de indemnización por daño moral. La sentencia estima en parte el recurso de la trabajadora y considera probada la discriminación por discapacidad, mientras que dicta que no queda acreditado el acoso laboral que denunció. El Concello acatará la sentencia y reincorporará a la trabajadora, aunque presentará recurso.

El fallo judicial dicta que el despido no fue procedente, contra lo que defendía el Ayuntamiento, porque no se intentó adaptar las funciones y el puesto de la trabajadora a sus capacidades o posibilidades físicas. El alcalde, Fernando Pérez, admite que el despido fue improcedente. Celebra que se desestime la acusación de acoso. "La sentencia dice que es falso que el alcalde la insultada por ser la mujer del portavoz del único grupo de la oposición, como ella decía", afirma. El regidor asegura que acatará la sentencia y la reincorporación inmediata "en las mismas condiciones". Recurrirá y alegará que la empleada, que acumula numerosas bajas, no está capacitada para su puesto de auxiliar de ayuda en el hogar.