El Concello de Arteixo ya dispone de un inventario en el que figuran todas las líneas eléctricas, de gas y de hidrocarburos que atraviesan el dominio público municipal. Ha registrado 11 kilómetros de estas canalizaciones, tanto subterráneas como aéreas, a lo largo de todo el ayuntamiento. El objetivo de esta actuación es disponer de un mapa para poder cobrar a las empresas la tasa del dominio público por el aprovechamiento privativo que realizan de terrenos públicos.

Este catálogo, que fue elaborado por la empresa leonesa Valbuena y Ron Ingenieros, constata la existencia de 3.859 metros de líneas eléctricas y 7.000 de gas e hidrocarburos. Los redactores del documento elaboraron una ficha por cada cruce de una de estas infraestructuras con el suelo municipal. Cada uno recoge la longitud y cuenta con su correspondiente foto. El documento, que fue elaborado en dos años, sirve para que el Concello realice las liquidaciones tributarias. Ya incluye incluso el poliducto de Repsol, aunque está pendiente de ser construido. El inventario afecta a las líneas eléctricas de más de 20 kilovoltios.

El Ayuntamiento señala que las empresas que tienen estas infraestructuras por suelo municipal "obtienen beneficios del Ayuntamiento", lo que supone un "aprovechamiento privativo del dominio público" local.

Las empresas que tienen líneas eléctricas, de gas y hidrocarburos en Arteixo son Red Eléctrica de España, Unión Fenosa Distribución, Hidroeléctrica de Laracha, Regasificadora del Noroeste, Nedgia Galicia, Nedgia, Gas Natural Transporte, Naturgy Generación y Repsol Petróleo.

Tres sentencias del Tribunal Supremo avalaron en 2017 que el Concello de Arteixo cobre una tasa a las empresas eléctricas y de gas por las instalaciones que atraviesan el dominio público local, es decir, terrenos de titularidad municipal. Gas Galicia, Unión Fenosa y Red Eléctrica de España recurrieron por separado la ordenanza que el Concello aprobó en 2014 y que estableció este nuevo canon.

Esta no es la única ordenanza que grava la actividad de las eléctricas en Arteixo, ya que el Concello dispone de otra norma para empresas que suministran servicios. Esta ordenanza afecta a las empresas que se dedican a los servicios de telefonía, electricidad y gas. En este caso el Concello cobra el 1,5% de los beneficios que obtengan las empresas en el municipio por suministrar servicios. En este caso están afectadas antenas, instalaciones o redes que estén en suelo municipal.

Las tres empresas cuestionaron el informe económico que establece el precio a abonar por las instalaciones al entender que sus instalaciones no entran en la categoría de construcciones a efectos catastrales y discrepaban del método aplicado para obtener el valor. El Tribunal Supremo invalidó estos argumentos y concluyó que el Concello aplicó a las tarifas de la ordenanza "unos parámetros objetivos, proporcionados y no discriminatorios". El tribunal también señala que la tasa no trata de establecer "el valor de mercado del suelo" por el que discurren las instalaciones, sino que se basa en la "utilidad" que disfrutan las empresas de estos aprovechamientos privativos que atraviesan suelo que es propiedad del Concello.