La Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado la condena a ocho años de inhabilitación para ejercer cualquier cargo o empleo público al alcalde de Cerceda, José García Liñares, por un delito de prevaricación administrativa al constatarse irregularidades en la contratación de las obras del jardín botánico que se realizaron en 2015. El fallo no es recurrible. Este es el resultado del recurso que presentó el regidor contra la sentencia de primera instancia, que fue dictada el pasado verano después de la repetición del juicio, que había sido anulado.

Los magistrados de la Audiencia que analizaron el caso concluyen que el alcalde "encomendó verbalmente la realización" del acondicionamiento del botánico, con un coste de 300.000 euros, "cuando el expediente administrativo estaba en un estadio inicial", es decir, no había sido adjudicado. "Esa contratación verbal sencillamente no es disculpable. Es una ilegalidad burda, que demuestra el móvil de hacer prevalecer una voluntad propia contraria a Derecho". La obra ya estaba en marcha el 31 de marzo de 2015 y el decreto de adjudicación no tuvo lugar hasta el día 10 de abril, según recoge la sentencia de los jueces de la sección primera.

El fallo considera probado que en el botánico el día 1 de abril "estaban trabajando al menos tres operarios, con varias excavadoras, en una de las cuales" figuraba " el nombre de la empresa SYR AMG".

"Es inimaginable, vistas las circunstancias, que esa empresa empresa realizase esos trabajos por su cuenta y riesgo, sin encomienda directa del alcalde y sin la cooperación directa del arquitecto municipal", afirman los jueces.

La sentencia también señala que los trabajos no se corresponden con la apertura de una zanja de drenaje de modestas dimensiones. La defensa de Liñares argumentaba la ejecución de esta actuación menor. Los ahora condenados aseguraban que estos trabajos eran en realidad un drenaje previo y que no era la obra mayor de las lagunas. El Ministerio Fiscal acusaba al alcalde y al técnico municipal de "maquillar que se estaba haciendo" la actuación de las lagunas antes de completarse el proceso de licitación con un drenaje complementario. El juez, en primera instancia, no dio validez a esta teoría, y la Audiencia Provincial lo ratifica.

El alcalde aseguró ayer que dará a conocer "en unos días" la decisión que adoptará tras el fallo de la Audiencia que confirma su inhabilitación. El regidor explicó que "cabe recurso en el Tribunal Supremo, en el Constitucional, en Estrasburgo", ha dicho en referencia al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

La Audiencia Provincial ratifica en su integridad la sentencia de primera instancia, que fue emitida por el Juzgado de lo Penal número 2 de A Coruña. Aquel fallo dio por válidas las fotografías que realizaron el concejal del Partido Popular Francisco Santos y un notario entre el 31 de marzo y el 1 de abril de 2015 de las obras en el botánico. El edil popular fue el que presentó la denuncia en Fiscalía que propició la investigación.

El tribunal destaca que el juez de primera instancia ha fundamentado su sentencia "en la valoración de las pruebas practicadas en el juicio, con todas las garantías de inmediación, contradicción y oralidad", al tiempo que advierte que los apelantes pretenden "sustituir el criterio judicial, objetivo e imparcial, por el suyo propio, legítimo, pero subjetivo e interesado en la idea de la absolución".

El alcalde cercedense se dio de baja del PSOE tras abrirse juicio oral contra su persona, aunque en las pasadas elecciones municipales encabezó la lista de los socialistas por el municipio. Los vecinos le otorgaron la mayoría absoluta.