El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado el recurso contencioso administrativo que interpuso un particular contra la modificación puntual del plan parcial del polígono de Pedrapartita que se aprobó en 2017 para ampliar los usos permitidos.

El Alto Tribunal rechaza todos los argumentos expuestos por el recurrente, que denunció que el proyecto incumplía las prescripciones técnicas establecidas en el informe de Augas de Galicia, no recogía los ríos presentes en el ámbito ni las zonas protegidas y tampoco tenía en cuenta la presencia de humedales.

Los jueces contradicen al denunciante y concluyen que sí aparecen mencionados los ríos en el plan y apunta además que ha quedado acreditado que las zonas de servidumbre y protección y policía "se sitúan fuera del ámbito del parque empresarial".

El Alto Tribunal concluye además que, en contra de lo que afirma el recurrente, sí que se recogen las limitaciones del Plan Hidrolóxico. Los magistrados rechazan también el alegato relativo a los humedales e inciden en que el arquitecto afirmó que no había ninguno en el ámbito y que el denunciante "nada prueba en contrario".

Los jueces imponen las costas al denunciante, con un máximo de 1.500 euros. La sentencia puede recurrirse en casación.