El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha desestimado la demanda de una propietaria afectada por la expropiación de terrenos que aprobó el Concello de Oleiros en 2016 para ejecutar la primera fase del parque público de Bastiagueiriño (en la segunda fase le tocó a tres viviendas).

La afectada impugnó la valoración que hizo el Jurado de Expropiación de Galicia de 5,9 euros el metro cuadrado, a pesar de ser superior al de la hoja de aprecio, de 4,33 euros y superior también al valor que le daba el Ayuntamiento, 2,3 euros. Esta expropiación fue aprobada en 2016 y afectó a un total de 40 fincas en este entorno.

El Jurado de Expropiación en total fijó en 28.848 euros el justiprecio que le correspondía a la recurrente por dos parcelas, el doble del valor que había establecido el Concello con 17.324 euros. La afectada determinó que le correspondía una cantidad muy superior, 120.305 euros, aunque luego en el suplico de la demanda ya reclamó mucho más, 452.786 euros y de forma subsidiaria, 150.805 euros, y en tercer lugar, una cantidad "indeterminada", un procedimiento que extrañó al Tribunal.

Los magistrados en la sentencia emitida recientemente recuerdan que la legislación cambió y ahora el método para determinar el valor de los terrenos ya no es el de mercado, sino que se valora el suelo por lo que es y no por lo puede llegar a ser por las plusvalías de sus transformación urbanística. Señalan que la imposibilidad o limitación de edificar a causa de la expropiación "no es indemnizable" porque el suelo "no es urbanizable"

El tribunal indicó también que no se podía tener en cuenta una sentencia por otra expropiación en la playa de Naval en la que sí se subió el precio por ser casos totalmente distintos. El TSXG, además de desestimar el recurso de la expropiada, la condena a pagar las costas. La sentencia puede ser recurrida ante el Supremo.