El Gobierno local de Arteixo ha ganado la primera batalla judicial contra la empresa Construcciones Navila SL, que reclama al erario público municipal 1.087.461 euros por los daños que asegura haber sufrido por no poder ejecutar una edificación de 80 viviendas, bajos, trasteros y garajes en el ámbito del centro de salud de Vilarrodís (UA-43). El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de A Coruña ha emitido una sentencia en la que desestima el recurso presentado por la promotora contra la denegación de la indemnización que acordó el Concello en 2018. Contra el fallo cabe recurso.

La magistrada que analizó el caso concluyó que "no puede entenderse probada la imposibilidad de ejecutar la edificación para la que se construyó la licencia ni, en consecuencia, la relación de causalidad entre la actuación de la Administración y las partidas cuyo importe se reclama". La sentencia señala que no se ha justificado el "daño moral" ni la "superficie deficitaria" en cuanto a los "metros cuadrados".

Construcciones Navila inició el procedimiento para exigir la indemnización de más de un millón de euros después de lograr que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de A Coruña, en 2016, estimase su denuncia contra la desestimación por silencio administrativo de su recurso contra la aprobación en agosto de 2011 de una modificación del proyecto de urbanización de la unidad de actuación (UA-43). El juez, entonces, estimó también su recurso contra la desestimación de sus alegaciones contra el expediente de obras y la liquidación definitiva de las cuotas de urbanización.

La empresa recurrió al contencioso después de que el Consello Consultivo de Galicia señalase que la promotora no contaba con ningún pronunciamiento judicial en el que se declarase que la licencia de obra municipal no pudo cumplirse por causas imputables al Concello. En este dictamen se apoyó el Concello para denegar la indemnización. Ahora, la sentencia del juzgado cierra, inicialmente, la posibilidad de que Construcciones Navila tenga derecho a esta compensación. La firma puede recurrir este fallo en segunda instancia.