Tercera jornada del juicio para dirimir la titularidad del pazo de Meirás que enfrenta al Estado, Xunta, Diputación y Ayuntamientos de Sada y A Coruña con los herederos del dictador Francisco Franco. Los protagonistas fueron hoy los expertos a los que la Xunta encomendó la redacción del informe en que funda su reivindidación de que el inmueble es patrimonio público por su uso como residencia oficial, mantenida con fondos del estado durante toda la dictadura. Uno de los declarantes, el catedrático en Derecho Civil de la USC José Manuel Busto Lago puso en entredicho uno de los pilares en los que basan los descendientes del militar golpìsta su derecho a poseer el inmueble, en concreto, el hecho que Francisco Franco hubiese pagado el Impuesto de Bienes Inmubles (IBI).

Este experto en derecho matizó que no había pruebas de que el dictador pagase realmente el impuesto, solamente de que los recibos se giraban a su nombre como titular catastral e incidió que, aunque Franco hubiese pagado la contribución, eso no le daría derecho por sí solo a sus herederos a arrogarse la propiedad de un inmueble que fue mantenido con fondos públicos durante toda la dictadura. Apeló a diversa jurisprudencia que desmonta que los titulares catastrales y pagadores del IBI tuviesen derecho simplemente por ese motivo a detentar una propiedad y apeló concretramente a una sentencia de 1998 del Tribunal Supremo relativa al castillo de la Muela que desmontaría ese argumento: "Es muy ilustrativa", afirmó.

El catedrático de Derecho Civil se mantuvo firme en la tesis que él y otros expertos defendían en el informe solicitado por la Xunta: El Estado adquirió por usucapación extraordinaria (que requiere un plazo de 30 años) dado que hay pruebas documentales de que el inmueble se mantuvo con fondos públicos durante toda la dictadura. Es más, este experto considera que el propio Franco habría admitido de forma tácita que el pazo era patrimonio estatal al no haber considerado necesario autorizar las obras que el Estado realizó durante toda la dictadura en la propiedad y que iban mucho más allá de las dirigidas a garantizar la seguridad del jefe de Estado e incluían reformas en todas las dependencias, incluida la capilla, así como numerosas mejoras de abastecimiento, saneamiento, suministro eléctrico y obras de puro ornato.

Como el resto de los peritos e historiadores que intervinieron en el proceso a petición de la parte demandante,Busto Lago afirmó que el tratamiento que el Estado dio al pazo de Meirás fue idéntico al Palacio del Pardo. Este experto matizó además que la que accción reivindicatoria que defienden en su informe se limita únicamente a las fincas sobre las que se levantan As Torres y no a las que acogía la explotación agropecuaria cuyos rendimientos, según los Franco, habrían sido tributados por el dictador.

Nuevamente salió a colación la existencia de dos escrituras de compraventa. La primera, hallada recientemente, está fechada en 1938 y recoge la compra del inmueble por parte de la Junta Pro Pazo, que ese mismo año oficializó la entrega del palacete al "al fundador del Nuevo Imperio, Jefe del Estado, Generalísimo de los Ejércitos y Caudillo de España, Francisco Franco Bahamonde. La segunda escritura, de 1941 y figura Franco como comprador, representado por Pedro Barrié de la Maza. Para el Estado y las demás administraciones, el primer acuerdo de compraventa prueba que el segundo fue un "negocio simulado" para evitar que el inmueble pasase a ser propiedad del Estado (en virtud de la ley de patrimonio aprobada un año antes, en 1940).

"La diferencia entre Franco y el Estado es cero"

La vista acogió también la declaración de un historiador que participó en la redacción del informe de expertos de la Xunta, Emilio Grandío. Este investigador, catedrático de Historia Contemporánea, abundó en la tesis mantenida por sus compañeros de profesión durante la jornada anterior: la imposibilidad de distinguir entre la esfera pública y la privada en una dictadura. "Franco era la personificación del Estado, la diferencia entre Franco y el Estado es cero", resumió este historiador, tras insistir reiteradamente los abogados de los herederos del dictador en que el nmueble había sido cedido a Franco a título particular. Emilio Grandío replicó que en todos los documentos de donación o compra se especificaba que Francisco Franco obtenía el inmueble en calidad de "Generalísimo y Jefe del Estado". "Insisto, la mezcla entre lo público y lo privado era absolutamente notoria, basta recordar se denominaba franquista", recalcó.

Este historiador afirmó también que el pazo se adquirió mediante donaciones forzosas y aportaciones de los ayuntamientos. Como el resto de los expertos peritos, negó que en un contexto bélico como el de 1936 pueda colegirse voluntariedad en una suscripción para recaudar fondos, que fue el método empleado por el bando sublevado para financiarse. Grandio recordó que en Galicia no hubo propiamente una guerra civil porque fue controlada por los militares en cuestión de semanas. "Todo el mundo estaba vigilado, había miedo a que te petasen una noche a la puerta, te sacasen a la fuerza y no te volviesen a ver. El régimen imponía una vigilancia extrema y la gente lo sabía", apuntó este experto, que apeló también a la existencia de "listas negras" de "malos patriotas": "En un clima militar, totalmente invadido por el color caqui, las personas que no participasen en la cuestación popular quedaban señaladas, se ponían en riesgo. Se hacían listas, el control de la población era exhaustivo, todos estaban vigilados, toda la sociedad estaba bajo sospecha", abundó este investigador, que negó tajantemente que pudiese hablarse de donación voluntaria en un "clima de desconfianza y miedo".

Los abogados de los Franco replicaron que el carácter coactivo de las aportaciones "es irrelevante" en la causa, aunque insistieron de nuevo en que pudo haber personas que participasen en la cuestación de forma voluntaria, incluso "entusiasta", y preguntaron al historiador si existían datos que estableciesen qué porcentaje de las aportaciones fueron forzosas. "Habría aportaciones forzosas y las habría voluntarias, ¿podría hacer una estimación de porcentajes? ¿Habría españoles que no tuviesen miedo, no? ¿Pedro Barrié de la Maza tendría miedo o lo haría voluntariamente", interrogó uno de los letrado de los herederos del dictador. La pertinencia de la pregunta fue cuestionada por Grandío, que recordó nuevamente que en un clima de " miedo y absoluta impunidad" no puede hablarse de voluntariedad, lo que no implica que hubiese personas que aportasen fondos gustosamente.

Los abogados de los Franco cuestionaron la imparcialidad de este perito por su participación en la comisión de expertos creada por la Xunta para abordar las posibles vías de recuperar el pazo de Meirás. Uno de los letrados de los herederos del dictador, Antonio Gil Evangelista, del despacho de Luis Felipe Utrera Molina, mostró unos recibos del IBI a nombre de Franco y le preguntó si tenía constancia de que era el dictador y no el Estado el que pagaba la contribución. "¿No investigaron eso?. ¿No podían ir al catastro a verificar quién pagaba la contribución? ¿Era muy complicado?", le reprobó en la vista. En respuesta, el historiador explicó que en toda la documentación analizada en archivos de las distintas administraciones no habían encontrado ningún documento que probase abonos por parte del dictador, aunque admitió que podían no disponer de toda la información referente al pazo.

Los Franco apelan a una ley preconsitucional para negar la usucapión extraordinaria

Otro punto de controversia de la jornada de hoy giró en torno a si el pazo de Meirás es un bien demanial del Estado, como argumenta la demanda, o habría perdido esta condición por su desafectación tácita, como defienden los Franco. Los abogados de los herederos del dictador apelaron a una norma preconstitucional, concretamente el reglamento de bienes de las entidades locales, que recogía la posibilidad de la desafectación de un bien demanial por su abandono por parte de la Administración. Los letrados defendieron en la vista que el Estado se desentendió del pazo tras la muerte del dictador en 1975 (pese a que admitieron que un guardia civil hortelano permaneció en la finca hasta 1990) y que, en base a la ley en vigor en aquel momento, habría quedado desafectado automáticamente y perdido su condición de bien demanial (imprescriptible), por lo que los herederos del dictador se podrían haber hecho también con su titularidad por usucapión, por su ocupación ininterrumpida durante décadas sin que el Estado hubiese hecho valer su condición de propietario.

Los Franco apuntaron también a la posibilidad de que el pazo hubiese perdido su condición de bien demanial en virtud de una ley que abre esa posibilidad en casos de degradación de un bien. El segundo declarante, el catedrático en Derecho Administrativo Luis Míguez, que participó también en la comisión de expertos de la Xunta, desechó ambas posibilidades. Este jurista cuestionó que los Franco pretendan valerse de una ley preconstitucional que quedó totalmente anulada por la Constitución para arrogarse con la propiedad del pazo y replicó además que, aún en el caso de que se permitiese su aplicación, tampoco se cumplirían los requisitos, dado que el reglamento al que hacían mención los Franco establecía un plazo de 24 años para la desafectación tácita, que no se cumpliría en este caso. Sobre la posible desafetación por degradación, este experto replicó que no puede aplicarse esta posibilidad a un bien inmueble ya que se trata de una ley que regula espacios naturales.

Conclusiones

El Juzgado de Primera Instancia de A Coruña acogerá mañana la última sesión del juicio, con la exposición de las conclusiones de todas las partes. La causa quedará vista para sentencia y le corresponderá a la juez María Canales Gantes dirimir quiénes son los legítimos propietarios del pazo transcurridos 45 años de la muerte del dictador.