Tras cuatro días seguidos, hoy finalizó y quedó visto para sentencia en el Juzgado de Primera Instancia Número 1 de A Coruña el pleito por la titularidad del pazo de Meirás en Sada. La sentencia de la magistrada decidirá si este inmueble pertenece al Estado o a los herederos del dictador Francisco Franco. La sentencia se espera, según fuentes cercanas, para finales de agosto o principios de septiembre.

El abogado del Estado, Javier Suárez, defendió en su escrito de conclusiones, durante dos horas, que el pazo se adquirió en un proceso "coactivo" y que se donó al "Jefe del Estado", no a Francisco Franco como particular, ya que en la escritura de 1938 se le nombraba así. Señaló que también hubo aportaciones públicas para su adquisición, como la del Concello de A Coruña, y subrayó que la escritura posterior ante notario, la de 1941, fue una "simulación", para "encubrir" una donación", por lo que fue "nula".

Suárez recordó todas las obras que se hicieron con cargo a fondos públicos en el pazo, con partida fija en el presupuesto estatal, y el pago de los recibos de impuestos por parte de Franco no son determinantes. Al considerar probado que hubo una "simulación absoluta" la Abogacía del Estado destacó la nulidad del título y descartó también su adquisición por usucapión, por el uso continuado del pazo. Recordó que cuando murió Franco en 1975 siguió habiendo un guardia, funcionario público, hasta 1990.

El letrado de la Xunta, Carlos Abuín recalcó también que hubo simulación en la escritura de compra a la propietaria del pazo, Manuela Esteban Collantes, porque se defraudó al Estado, a los que se quedaron sin tierras y a los que aportaron dinero. Afirmó que se probó que "se le giraron" los recibos de los impuestos a Franco, no que los pagara, y también insistió en todas las obras de mantenimiento y seguridad que se hicieron en la propiedad con fondos públicos. Expuso sentencias en situaciones parecidas en las que se determinó que lo fundamental para determinar la propiedad es "quién la vigila", y en este caso fue un funcionario público hasta 1990. Abuín cree que no se produjo desafectación tácita por el hecho de que tras la muerte de Franco en 1975 el Estado no hiciese nada, hasta que en 2019 inició la acción reivindicatoria de la propiedad.

El abogado del Concello de Sada, Miguel Torres Jack, insistió también en las coacciones que se produjeron para las aportaciones destinadas a adquirir el pazo, y que en la escritura de 1938 se decía que la donación era de "la ciudad y la provincia" de A Coruña, por lo que no podía ser para un uso privado. Coincidió también en que se trató de una "simulación", la escritura de 1941, y el precio fijado también era simulado.

La letrada del Ayuntamiento de A Coruña insistió en las 25.000 pesetas que dio el Concello en su día como aportación para la compra, por lo que ya se constata que se usaron fondos públicos, y detalló órdenes de pago por obras realizadas por operarios municipales en el pazo (en el muro, jardinería, etc).

Tras una intervención de veinte segundos del abogado de la Diputación en la que se adhirió a los argumentos del resto de letrados demandantes, uno de los abogados de la familia Franco, Antonio Gil, expuso unas conclusiones de casi tres horas en las que insistió en que no se juzgaba si Franco era bueno o malo ni si las aportaciones a la compra fueron voluntarias o forzosas porque jurídicamente, a efectos de este pleito, es "irrelevante". Insistió en la necesidad de ver este juicio de forma objetiva y tras defender que la donación se hizo a título privado, a Franco y no a la Jefatura del Estado, reconoció que el precio de venta que figura en la escritura de 1941 fue "una simulación", no es creíble que fueran algo más de 80.000 pesetas. También admitió que Franco ocupó Meirás en diciembre de 1938, es decir, antes de la escritura de 1941 que fue la que realmente le habilitó, la oficial.

Gil reconoció además que "claro que fue un regalo" a Franco, como reconoció uno de sus nietos, y que el dinero "no salió de su bolsillo, eso no lo discute nadie", pero eso es "válido en derecho", como lo es que "un padre done un coche a su hijo". Este letrado defensor de los Franco junto con Luis Felipe Utrera-Molina subrayó el hecho de que quedó probado que la Junta Pro Pazo no tenía "entidad jurídica" por lo que no podía firmar ningún documento ni representar a Franco, no estaba "legitimado" para firmar la donación con la heredera del pazo, por eso Franco realizó la escritura ante notario en el 41.

Destacó que el hecho de que se hiciesen obras en la propiedad (reconoció que el Estado las sufragó) no quiere decir nada porque podrían adscribirse a las necesarias para la seguridad de un Jefe de Estado, e insistió en el argumento más débil de la otra parte: cuando Franco murió en 1975 el Estado no hizo nada durante 44 años, no hizo valer su condición de propietario, dejó la propiedad abandonada y le giró recibos todos los años a los herederos por lo que reconocía su titularidad. Rechazó la importancia de que hubiese un guarda hasta 1990, pues desde esa fecha hasta 2019 en que se presentó la demanda han sido los herederos los que se han encargado de todas las obras y mejoras.