La Xunta ha perdido el juicio que le puso al Concello de Arteixo por el estudio de detalle para reajustar las alineaciones de varios bloques de pisos unidos, entre los números 20 y 28 de la avenida Manuel Platas Varela, en Vilarrodís. La sentencia desestima el recurso que presentó la Consellería de Medio Ambiente contra la aprobación de este documento urbanístico. El Ejecutivo autonómico entendía que suponía "una alteración de las normas con una reducción de las superficies destinadas a viario", pero el Tribunal Superior de Xustiza rechaza este argumento y da la razón al Gobierno local.

La sentencia recoge que "simplemente se reajusta la ubicación de ambas alineaciones" y que no se produce "una alteración del destino urbanístico del suelo ni una reducción de las superficies destinadas a viales, espacios libres o dotaciones públicas, superficie que se ha acreditado que se incrementa, en una perspectiva global del doble reajuste contemplado por las dos fachadas, delantera y posterior".

Los cuatro jueces que valoraron el caso llegaron a esta conclusión tras examinar el "prolijo" informe del arquitecto municipal y otro elaborado en su día por la Axencia Galega de Infraestruturas, que es el organismo titular de la avenida Manuel Platas Varela (AC-552). Este último informó favorablemente al estudio por considerar que no se veía afectada la "funcionalidad ni la seguridad actual de la carretera autonómica".

El Gobierno local aprobó en diciembre de 2017 una propuesta para que la Corporación acordase hacer caso omiso de la orden dada por la Consellería de Medio Ambiente, que le ordenó anular el acuerdo plenario de mayo de ese año en el que se aprobó de forma definitiva el estudio de detalle para reajustar las alineaciones de estos bloques de viviendas. Es una promoción de Construcciones Navila (con viviendas ocupadas) realizada ya en los años en los que era alcalde Manuel Pose y que se trataba de regularizar.

El tribunal señala que el estudio no aumenta la ocupación del suelo ni de alturas. En concreto, el estudio supone una reducción de la superficie del solar (de 1.429 a 1.235 metros cuadrados), aumentar la superficie de viario (de 1.516 a 1.580 metros cuadrados), mantener la edificabilidad (5.027 metros) y bajar el volumen máximo (de 21.487 a 21.203).

El Tribunal Superior también acuerda en la sentencia imponer las costas procesales a la Xunta. Ascienden a 1.500 euros.