La Audiencia Provincial ha dado la razón al Ayuntamiento de Miño en el litigio por las garantías hipotecarias sobre el campo de golf y otras cuatro fincas. La sentencia desestima el recurso de apelación de Martinsa Fadesa, que pedía el levantamiento y la cancelación de la hipoteca unilateral, y ratifica una sentencia anterior, de 2019, de Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, que daba al Concello los derechos sobre los terrenos. Contra el fallo cabe recurso de casación y extraordinario ante el Tribunal Supremo, aunque los apelantes han asegurado al Gobierno local que no presentarán más recursos, según trasladó ayer el alcalde, Manuel Vázquez Faraldo.

La resolución judicial supone una pequeña victoria para Miño en la historia del caso Fadesa. El Ayuntamiento celebra el fallo y prevé "el impulso de la urbanización Costa Miño con el aprovechamiento de los terrenos". El Concello puede disponer del campo de golf, un terreno para uso comercial, otro para gasolinera y una parcela para 20 viviendas pareadas, detalla. El Concello tasará las fincas para después sacarlas a subasta. En caso de que los terrenos no se vendieran en la puja, el Ayuntamiento podrá ponerlas a la venta por otra vía, alquilarlas o urbanizarlas. "La puesta en el mercado de estos terrenos va a redundar en la mejora de la urbanización tanto si se ocupa el suelo comercial como si se rematan las estructuras de la Rúa A Fraga. Y también, cómo no, en las maltrechas arcas municipales, que deben devolver los casi 23 millones de euros de créditos generados por el caso Fadesa", sostiene el Ejecutivo municipal.

Las hipotecas sobre estos terrenos sirvieron de garantía en previsión de un posible incumplimiento de pagos por parte de Martinsa Fadesa, lo que le permitió continuar como adjudicataria del proceso expropiatorio para la macrourbanización, señala el fallo judicial. La sentencia considera "sorprendente que quien solicitó la autorización judicial y la obtuvo en consideración al superior interés del concurso, pretenda ahora la cancelación de la carga (sin ni siquiera solicitar la nulidad de la hipoteca)". "Tal cancelación impediría la ejecución de la hipoteca y, por tanto, atender las legítimas expectativas del Ayuntamiento de Miño, quien como ente administrativo hubo de exigir que se le garantizase, en el procedimiento de expropiación, el pago del juistiprecio definitivo", añade el fallo.

"Todas las partes asumieron, y especialmente la administración concursal, quien solicitó con la concursada la autorización judicial para constituir la hipoteca, que la sociedad deudora habría de responder con las fincas hipotecadas integradas en la masa activa del concurso frente al Ayuntamiento de Miño para el caso de que no tuviese capacidad de pago del justiprecio definitivamente fijado ante la jurisdicción contenciosa", dicta la Audiencia. "Por ello, cumplida la condición de la imposibilidad de pago del justiprecio a los propietarios expropiados por la nueva insolvencia de la concursada, estando el crédito reconocido en el concurso como crédito ordinario y garantizado a través de hipoteca unilateral constituida a tal efecto después de la declaración del concurso, resulta contradictorio a la postura inicial de la administración concursal la presente solicitud de levantamiento de las cargas que afectan a los inmuebles cuya hipoteca solicitó que fuese autorizada judicialmente", resuelven los jueces.

Añaden que las hipotecas "supusieron la única posibilidad de que la concursada pudiera proseguir la ejecución del procedimiento expropiatorio como adjudicataria y, a la vez, sustraerse de la responsabilidad pecuniaria que se declararía si hubiera de resolverse el contrato administrativo ante su incapacidad de cumplir la obligación legal de ofrecer garantías y, en concreto, las hipotecas inmobiliarias sobre las referidas fincas de la masa activa, para la satisfacción del justiprecio definitivo", abundan. Fallan que la adjudicataria asumió tanto en el primer contrato administrativo, de 2002, como en el segundo, de 2011, la garantía.

El Ayuntamiento celebra que, "tras muchos años de provocar grandes conflictos judiciales, económicos y sociales en Miño, el caso Fadesa puede compensar una pequeña parte de las abultadas pérdidas que ha ocasionado en el Concello". El alcalde se muestra satisfecho con el fallo después de, además, "conseguir alargar 10 años más el plazo de pago del crédito de 12 millones de euros y lograr otro de 7 millones para pagar los intereses a los expropiados".