El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de A Coruña ha rechazado el recurso que interpuso la Unión Temporal de Empresas (UTE) Albada contra el acuerdo plenario del Consorcio As Mariñas de abril de 2018 que le denegó una subida del canon de los 53 a los 90 euros por tonelada para "reequilibrar" el contrato de tratamiento de basura tras la salida de Arteixo del ente supramunicipal. El fallo no es firme y Albada puede interponer recurso de apelación.

La unión temporal de empresas, que reclamaba ya en el momento del recurso 2,5 millones, alegaba que el Concello de Arteixo representaba, por población, el "20% del valor del contrato" suscrito con el Consorcio As Mariñas, y que su separación del ente supramunicipal había modificado sustancialmente las condiciones del mismo hasta el punto que su continuación tendría que haber recibido su expreso consentimiento.

La falta de acuerdo llevó a a Albada a interponer un recurso contencioso en el que reclamaba o bien, la finalización del contrato con el Consorcio por una renovación no consentida, o la fijación de un nuevo canon de 90,37 euros por tonelada.

El juez ha rechazado todos los argumentos alegados por la UTE en su recurso. El magistrado incide en que el Consorcio As Mariñas "tiene personalidad jurídica propia" y que la salida de Arteixo del Consorcio "no comporta la disolución del mismo", un extremo que solo se produciría en el caso, apunta, de que abandonase la entidad el Concello al que estuviese adscrita la entidad, "que no es el caso"; o si los restantes ayuntamientos hubiesen manifestado su voluntad de no continuar, algo que tampoco se ha producido.

El juzgado recuerda además que el contrato con Albada no fue suscrito con cada uno de los ayuntamientos por separado, sino por la empresa y el Consorcio.

Sobre la supuesta ruptura del equilibrio económico alegada por Albada, el juzgado recuerda que uno de los principios básicos de la contratación pública es el principio de riesgo y ventura del contratista. Apela el magistrado a diversa jurisprudencia que pone el acento en que la frustración de las expectativas económicas de la empresa que suscribe algún contrato con la administración "no le libera de cumplir lo estrictamente pactado ni le faculta para apartarse del vínculo contractual o para reclamar su modificación" salvo casos muy tasados. El juzgado considera que las excepciones que establece la ley para consentir una modificación del contrato para ese reequilibrio financiero no se dan en este caso, dado que no son imputables a la administración ni se encuadran en los supuestos de "fuerza mayor".

En contra de lo que alega Albada, el juez considera que la salida del Concello de Arteixo no puede entenderse como "un hecho nuevo o imprevisible que afecta al equilibrio financiero del contrato", dado que el acuerdo que suscribió la UTE con el ente supramunicipal "ya había previsto ese escenario de variabilidad del número de toneladas de residuos a tratar y la forma de compensación de esa variabilidad, incrementando el precio a pagar por el Consorcio por tonelada conforme se redujera el número a tratar", argumenta el juez en la sentencia. Todos estos motivos, llevan al juzgado a rechazar la petición presentada por Albada en diciembre de 2017.

Contrato de los rechazos

Todo apunta a que el Consorcio As Mariñas logrará adjudicar a la segunda el contrato de gestión de los rechazos, que tuvo que incrementar en más de un 70% tras quedar desierta la primera convocatoria. Como ya informó este diario, el entre supramunicipal subió el precio por tonelada de los 31 euros que paga actualmente por llevar y tratar los rechazos en el vertedero de Sobrado a 54,85 euros.

La mesa de contratación ha propuesto contratar de nuevo el servicio del Grupo Gestán, actual adjudicataria del servicio, por 54,85 euros por tonelada. La empresa ACTTIA Medioambiental (antes Gestán Ambiental) propone en la memoria seguir tratando los residuos en el vertedero de Sobrado dos Monxes.