La Ley General de Subvenciones de 2003 y su reglamento de desarrollo aprobado en 2006 dispone la obligación de fijar unas bases reguladoras de las ayudas que concedan los concellos, mediante una ordenanza general de subvenciones o una específica para cada modalidad. Unos tres lustros después de esta normativa que obliga a tener una ordenanza de subvenciones, el Gobierno local de Oleiros llevó una propuesta al pleno de la pasada semana, que fue aprobada por la Corporación, y desde este pasado martes el texto está a información pública durante diez días hábiles en la Secretaría municipal para que cualquier ciudadano pueda consultarlo y presentar alegaciones si lo considera preciso.

Esta Ordenanza Reguladora de las Bases de Subvención del Concello de Oleiros incluyen los requisitos específicos para cada una de las modalidades que anualmente convocará el Ayuntamiento: deportivas, comedores escolares, asociaciones y cooperación (las ayudas de inclusión social se regularán de forma independiente a través de la norma aprobada en 2015). En todos los casos los criterios comunes que se valorarán son el grado de interés general de la actividad, la representatividad y participación, la permanencia de dicha actividad y la autofinanciación.

El Ayuntamiento, cada año, convocará estas subvenciones mediante una resolución de Alcaldía, fijando la cantidad máxima que se repartirá, y “podrá tomar forma de convocatoria abierta”, es decir, también puede que no lo sea.

Mientras ordenanzas de subvenciones como la de A Coruña establecen que se otorgarán las ayudas municipales en “concurrencia competitiva”, comparando todas las que se presenten y fijando una prelación de más a menos valoración, en la norma de Oleiros se señala que podrá ser “tanto en régimen de concurrencia competitiva” como “no competitiva”, donde solo se verifique si reúne los requisitos solicitados.

Para optar a las ayudas que convoque el Concello se puede ser una persona física, jurídica (empresa), u otras entidades públicas y privadas, que deben acreditar ante el Concello que reúnen las condiciones de solvencia técnica y profesional. Al contrario que en otras normativas municipales, Oleiros no pide el requisito de que los solicitantes tengan sede social o delegación en A Coruña.

La presentación de las solicitudes podrá hacerse en el registro municipal o a través de la página web municipal. Para valorar las propuestas que se presenten se creará una comisión de valoración con personal del servicio de cada departamento (de deportes, de Educación, etc.), que hará un informe motivado y realizará una prelación.

En esta normativa aprobada se indica que los criterios para valorar las solicitudes serán “los principios de objetividad, publicidad y no discriminación”. Tras seleccionar las peticiones serán aprobadas por la Alcaldía, estimándolas o no (y el motivo) y tras ser “notificadas o publicadas”.

La cuantía a abonar a cada solicitante se determinará según el porcentaje del coste final de la actividad salvo que se fije otro baremo.