La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha rebajado de cinco a tres años de cárcel la condena impuesta por la Audiencia Provincial de A Coruña a un acusado de atacar con un cuchillo a su mujer en su domicilio, en Betanzos.

La rebaja se produce porque el alto tribunal considera, al contrario que los jueces de primera instancia, que no se pudo constatar de forma probatoria que la intención del sospechoso fuese acabar con la vida de su esposa.

La Sala argumenta que el investigado hubiese elegido “otro tipo de cuchillo” para el “aseguramiento del resultado que acompaña a un propósito homicida” de haber sido así. Los jueces recalcan además que, teniendo en cuenta el tejido corporal en el que clavó el arma blanca, “si el condenado hubiese tenido la intención de causar todo el daño posible, hubiera penetrado sin mayor dificultad con más profundidad, comprometiendo de manera seria órganos vitales”.

La Sala también argumenta que uno de los pinchazos tuvo lugar en el hombro de la mujer, por lo que asegura que “ni por su entidad ni por el lugar donde se asestó muestra esa actitud homicida”. Por todos estos motivos, los magistrados del Tribunal Superior de Xustiza consideran al acusado autor de un delito de lesiones agravadas, con el concurso de la circunstancia agravante de parentesco y de atenuante analógica de embriaguez.

Los hechos ocurrieron el 27 de marzo de 2019 en la vivienda que ambos compartían en Betanzos, donde mantuvieron una discusión por cuestiones económicas. En el transcurso de la misma, según recoge la sentencia, el procesado propinó a su mujer varias patadas en la espalda, tras lo cual cogió un cuchillo y le asestó dos puñaladas, una en el abdomen y otra en el brazo izquierdo.

La defensa del acusado alegó en el juicio que las lesiones en el brazo y el abdomen se habían producido de forma accidental cuando el hombre cortaba chorizo y pidió que se tuviese en cuenta como eximente su condición de consumidor habitual de alcohol. La mujer declaró ante la Guardia Civil que fue agredida con un cuchillo, pero antes de la vista judicial dejó de ejercer la acusación particular y renunció al ejercicio de las acciones civiles y penales.