El Consello Consultivo ha dado la razón al Concello de Sada y ha negado al propietario de la nave de la antigua escuela de vela, destruida por un incendio en 2015, el derecho a percibir una compensación por los daños. El dueño de esta nave, que había sido arrendada por el Ayuntamiento, solicitó una indemnización de 168.392 euros por los daños causados por el fuego, supuestamente intencionado, que calcinó por completo la instalación, declarada ruina poco después.

Según detalla el dictamen del organismo consultivo, el propietario atribuyó lo sucedido al “funcionamiento anormal de la Administración”, en concreto, a la falta de la debida vigilancia. El titular del galpón argumentó sin éxito que no tenía el deber de soportar el daño provocado por la pérdida del inmueble ni los gastos necesarios para reponerlo al estado anterior.

El Consello Consultivo considera, por el contrario, que no se produjo en este caso la relación de causalidad entre el funcionamiento del Concello y el daño sufrido por el reclamante. El dictamen recoge que el Laboratorio de Criminalística de la Guardia Civil concluyó que el incendio había sido provocado, dado que el portón estaba forzado y se encontró líquido inflamable.

Los hechos dieron lugar a un proceso judicial que se saldó sin responsables. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Betanzos acordó en mayo de 2016 archivar las actuaciones al entender que, a pesar de que lo sucedido es “constitutivo de infracción penal, no existen motivos suficientes para atribuir la perpetración del incendio a persona alguna determinada”. El Consello Consultivo considera que dado que el fuego fue provocado, “no cabe imputarse sus consecuencias al Concello de Sada por razón de las competencias inherentes a su naturaleza de entidad local”. Recuerda en su dictamen que la Administración “tan solo responde de los daños verdaderamente causados por su propia actividad”, dado que “no puede ser tan amplia que cubra los daños derivados de actos personales de otros sujetos de derecho que no guarden relación con el servicio”. No acepta tampoco el argumento de que faltó la debida vigilancia al considerar que se “trata de una afirmación genérica” y que el titular de la nave no detalla qué medidas de protección o salvaguarda fueron omitidas”. “Resulta razonable inferir que se encuentra fuera de las competencias municipales impedir actos de naturaleza delictiva como los que provocaron la destrucción de la nave”, concluye.

Rechazada la reclamación por la demora en una licencia de taxi

El Consello Consultivo ha rechazado también la reclamación patrimonial que un taxista interpuso contra el Concello de Sada por el retraso en tramitar la transmisión de la licencia. Según detalla el dictamen, el reclamante solicitaba una indemnización de 93.000 euros por la demora en los trámites. En concreto, denunció que había cursado la petición en abril de 2013 y que esta no se resolvió favorablemente hasta julio de 2018, más de cinco años después. Tras analizar el expediente, el Consultivo concluye que se produjo un retraso injustificable al inicio de la tramitación, dado que el Concello tardó siete meses en incoar el expediente; pero considera que la demora posterior estuvo provocada en buena medida por la tardanza de la interesada en presentar la documentación que le fue requerida, entre otra, la póliza de responsabilidad civil o el certificado acreditativo de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias. “Debe concluirse que la demora en la resolución del procedimiento no fue causada tanto por un deficiente funcionamiento del servicio, como por la conducta de la propia víctima”, recoge la resolución del Consultivo. El organismo considera que el reclamante tampoco justifica con documentación el importe de la indemnización reclamada.