El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado que un jardinero del vivero municipal de A Carballeira en Nós en el año 2019 fue “improcedente” y además debe indemnizar al trabajador, por la extinción de su relación laboral, un total de 30.244 euros. A esta cantidad hay que restarle los 7.545 euros que ya le pagó el Ayuntamiento de finiquito cuando le comunicó el cese del contrato.

El Juzgado de lo Social Número 2 de A Coruña ya acordó en 2019 la improcedencia de este despido pero el Concello recurrió y ahora el TSXG ha avalado la primera sentencia de forma íntegra. Es más, los magistrados en su resolución judicial constatan que el trabajador, tras sucesivos contratos, era de hecho indefinido, al haberse producido un “fraude en la contratación”. Añade que incluso aunque no hubiese fraude, el empleado ya habría “adquirido la condición de trabajador fijo”.

Este jardinero fue contratado por el Concello en julio de 2001 como jardinero y desde ese momento encadenó seis contratos temporales, vinculados primero a obradoiros del parque forestal de Liáns y luego al vivero de A Carballeira.

En agosto de 2018 el Ayuntamiento convocó dos plazas de personal laboral fijo de operario de mantenimiento del vivero y las dos plazas fueron adjudicadas a dos aspirantes y después el Concello le mandó al trabajador recurrente una carta comunicándole sus cese por fin de contrato por no haber superado el proceso selectivo, a efectos de ese mismo día.

El Tribunal Superior constató que este operario no estaba vinculado a ningún proyecto específico en su contrato como argumentó el Concello, y sea “indeterminación genera indefensión para el trabajador”. Determinó que se vulneraron varios artículos del Estatuto de los Trabajadores.

Los magistrados destacaron además que aunque hubiese sido un despido procedente, como alegó en segunda instancia el Concello, los trámites en ese caso fueron “radicalmente incumplidos”.

Este trabajador, desde el año 2020, se encuentra en situación de incapacidad permanente total, declarado por el Instituto de la Seguridad Social.

El Ayuntamiento de Oleiros , que tiene que pagar las costas, puede presentar un recurso de casación.