El Juzgado de Primera Instancia número 4 de A Coruña ha desestimado la solicitud de rebaja del alquiler de una empresa arrendataria de dos locales de hostelería de un centro comercial situado en el concello de Culleredo debido a las limitaciones de la actividad impuestas como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del COVID-19. El magistrado considera que no se ha acreditado una “relación de causalidad” entre la crisis sanitaria y las dificultades económicas para pagar la renta “que alega, y no prueba”, la empresa demandante. El motivo para que el juez adopte esta decisión es que la empresa ya debía rentas previas a la declaración del primer estado de alarma.

El fallo dictado recoge que la compañía adeudaba los pagos correspondientes a todo el año 2020 y la renta variable de 2019, así como todas las rentas devengadas con posterioridad a la presentación de la demanda, en diciembre de 2020. Por ello, el juez insiste en que es “más que dudosa” la relación causal de la crisis sanitaria con el impago de rentas y rechaza la petición de rebajar el alquiler.

Además, señala que, en este caso, existe un “reparto contractual de riesgos”, pues la compañía arrendadora “contribuyó con 100.000 euros a las obras de adaptación del local o locales arrendados y en el contrato se estableció un sistema combinado de renta arrendaticia: una parte variable (en función de las ventas) y un mínimo garantizado”.

El procedimiento judicial, que ahora puede ser objeto de recurso, se inició en el mes de diciembre de 2020, cuando el arrendatario presentó una demanda para intentar lograr la reducción del importe del alquiler. En la petición presentada, la empresa reclamaba que se declarase la obligación de los arrendadores de reducir el importe de sus rentas a las nuevas circunstancias derivadas de las limitaciones de actividad como consecuencia de la crisis del COVID.

En concreto, la empresa solicitaba una reducción de un 44% respecto al contrato firmado en el año 2018, dejando la renta mínima establecida como fija la cantidad de 1.795 euros y la renta variable en un 4,48% de la cifra bruta de ventas en cada año natural.