El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha rechazado el recurso del Concello de Sada contra la desestimación de la solicitud de revisión de oficio de las fincas de Mondego expropiadas en 2009 para la construcción del centro de día y la escuela infantil. El Alto Tribunal rechaza su alegato, descarta instar la revisión de oficio y la declaración de lesividad y ratifica la valoración de las dos parcelas, que el Gobierno local bipartito había tasado en 116.000 y 70.000 euros y que el Xurado de Expropiación elevó posteriormente a 843.000 y 459.000 euros, casi siete veces más.

El Ayuntamiento alegó sin éxito que el Xurado de Expropiación estaba obligado a tramitar la solicitud de revisión presentada por la “indebida calificación urbanística de los terrenos como urbanizados” (suelo de núcleo rural) y apeló a la existencia de una “demoledora prueba que acredita los graves y palmarios errores” en las valoraciones que supondrían “un enriquecimiento injusto para el expropiado”. En base a estos motivos, el Concello instó a anular los acuerdos del Xurado de Expropiación y reducir el justiprecio que, incidió, el servicio de Asistencia a Municipios de la Diputación establecía en 216.630 y 149.320 euros y que un perito designado por el TSXG tasaba, en total, en 462.000 euros.

El Superior concluye que no se dan los requisitos que establece la ley para la revisión de oficio, que el Consejo de Estado y reiterada doctrina consideran una “vía de utilización excepcional y de carácter limitado”. El Alto Tribunal argumenta que el Xurado de Expropiación ya se pronunció sobre el recurso del Concello en lo relativo a la clasificación de los terrenos e incide en que tanto este organismo como el informe de la Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación, consideran que las parcelas expropiadas están clasificadas como suelo de núcleo rural en situación básica de urbanizado y no en situación básica de rural, como defiende el Concello.

Los jueces inciden además en que el planeamiento aprobado en 2017 considera que a efectos de expropiación, solo el suelo rústico se encuentra en situación básica de rural. El tribunal rechaza también el argumento del Concello, que alegó que cuando se realizó la tasación no estaban ejecutados los servicios de saneamiento y abastecimiento, y replica que el expediente expropiatorio se aprobó definitivamente el agosto de 2009 y que el proyecto para ejecutar las obras de instalación de la red fueron contratadas en marzo de ese año.

El PP hizo pública ayer esta sentencia, emitida ya el pasado 22 de septiembre. Los populares acusan al alcalde, Benito Portela, de incumplir su “obligación” de informar del fallo al pleno y “encarecer la expropiación con argumentos contrarios a los que recoge el plan general”, aprobado por su gobierno en 2017. La formación afirma que los intereses, costas, honorarios de letrados y peritos elevan ahora el montante a 1,8 millones y lamentan que, en su “soberbia”, el Gobierno local declinase la oferta de acuerdo de los propietarios de los terrenos que, afirman, plantearon una liquidación sin intereses.

El Gobierno local avanzó ayer que recurrirá el fallo y que “agotará todas las vías legales contra una valoración desproporcionada y legalmente injusta. “No podemos aceptar que los terrenos fuesen considerados en situación de urbanizados cuando consta acreditado y probado que en la fecha en la que se refiere la tasación no estaban ejecutados los servicios de abastecimiento y saneamiento”, incide el Gobierno local, que destaca que un informe encargado por el propio TSXG tasa los terrenos en 462.000 euros.

El Ejecutivo tacha de incorrectas las cifras que maneja el PP y afirma que a día de hoy el Concello ya ha pagado 1,2 millones y que quedan pendientes de pago alrededor de 390.000 euros. Sobre el acuerdo con los propietarios al que apela el PP, el Gobierno local afirma que no se puso sobre la mesa ninguna cifra en concreto y que estaba supeditada a que renunciasen a la vía de la revisión de oficio: “Sería reconocer un acto lesivo e injusto”, aduce el alcalde, Benito Portela.