El Juzgado de Instrucción número 1 de Betanzos ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra el alcalde de Sada, Benito Portela, por supuesta prevaricación en la cobertura temporal de un puesto de Urbanismo.

La denuncia fue interpuesta por el representante del sindicato USO, Juan Esteban Méndez Leiva, que recurrió en los juzgados la cobertura en comisión de servicios de la plaza de técnico de Administración Xeral de Urbanismo, Medio Ambiente y Policía Urbana por parte de Hipólito Pérez, funcionario de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística y excandidato de Betanzos Novo, que fue el único aspirante a cubrir esta plaza durante un año.

Su recurso fue respaldado por la Fiscalía, que se sumó a la denuncia al sospechar que la convocatoria “estaba dirigida a favorecer al funcionario designado”.

El denunciante alegaba en su recurso que se trataba de un puesto de Administración Xeral que no podía haber sido cubierto por Hipólito Pérez, por tratarse de un funcionario de carrera de la Xunta de Galicia de escala especial. Apelaba además a informes de Secretaría e Intervención que apuntaban a la supuesta improcedencia de la convocatoria dado que su aprobación con carácter urgente estaba motivada “por un acto de la propia Alcaldía al conceder al funcionario titular del puesto autorización para la comisión de servicios.

La jueza rechaza los argumentos y concluye que no se da ninguno de los supuestos para imputar al alcalde un delito de prevaricación administrativa. “No se aprecia la existencia de indicios de un supuesto delito de prevaricación en el sentido que se hayan adoptado decisiones arbitrarias con la intención causar perjuicios, puesto que se siguieron las formalizadas y trámites de la legislación aplicable con un cierto margen de actuación por parte de la Alcaldía como se recoge en los informes de Secretaria”, concluye la magistrada.

El denunciante, que puede recurrir el sobreseimiento, afirma que todavía no ha recibido la notiticación del archivo

El auto de archivo no es firme y puede ser objeto de recurso. A consulta de este diario, el denunciante, Juan Leiva, explicó que aún no había recibido la notificación judicial.

Benito Portela manifestó ayer su satisfacción por el archivo de esta denuncia y apuntó que el auto “evidencia que nunca existieron decisiones arbitrarias contrarias a la legislación”. “En el concurso de este puesto de trabajo nunca hubo ni ilícito penal ni administrativo, como quedó debidamente acreditado”, defendió el regidor, que espera que el juzgado decrete el archivo definitivo de la causa, por la que tuvo que declarar en calidad de investigado el pasado abril.

Portela recalcó que en la cobertura de este puesto no hubo trato de favor: “Se convocó porque estaba vacante, era urgente su cobertura y, mientras no se provea definitivamente, el procedimiento de comisión de servicios es perfectamente legal y ajustado a derecho”.

El alcalde recordó que la comisión de servicios es un procedimiento legal, habitual y reglado para la cobertura de plazas que por su relevancia no deben estar vacantes, como es el caso del técnico de Administración Xeral de Urbanismo. El regidor destacó que se hizo un concurso público que estableció como criterio de selección “un baremo objetivo de méritos”: “Los requisitos de participación fueron los que fija la normativa legal y los que indicó el informe de secretaría, que en ningún momento se cuestionaron tales requisitos”.

La plaza que propició este recurso ha quedado recientemente vacante tras cumplirse el plazo de un año que recogían las bases.