La Audiencia Provincial ha ratificado la condena al pago de una multa de 1.080 euros y la privación del derecho a conducir vehículos de motor durante seis meses por un homicidio por imprudencia menos grave que se le impuso a la conductora de un vehículo contra el que colisionó un motorista en 2018 a la altura del desvío hacia Pena da Nosa Señora desde la carretera DP-1706.

Los jueces confirman los hechos probados de la sentencia del Juzgado de lo Penal número 5 de A Coruña, que detalla que el accidente se produjo a las 13.40 horas del 17 de marzo, cuando la conductora se incorporaba desde Pena da Nosa Señora a la carretera que discurre entre Cambre y O Temple.

La Justicia no ve probado que la mujer se saltase el stop, pero sí que no respetó la preferencia de la vía a la que se incorporaba y no se percató de la presencia de un motorista que circulaba en sentido O Temple que, al ver el vehículo, frenó bruscamente, perdió el control y acabó chocando con el coche. Como consecuencia de la colisión y posterior caída en el asfalto, el joven, de 32 años y vecino de Culleredo, falleció poco después.

Los jueces rechazan el recurso de la conductora, que alegó la existencia de un error en la valoración de la prueba, y confirman que no actuó con la debida diligencia en la incorporación: “La propia producción del accidente viene a ser la instancia confirmadora de que la acusada no respetó la preferencia de la vía a la que se incorporaba”, sostienen los magistrados, que admiten aún así que es probable que el motorista circulase a mayor velocidad de la permitida. Destacan los jueces que la Policía Local que se desplazó hasta el punto concluyó que la causa principal del siniestro había sido la irrupción del coche en la vía preferente. Subrayan, con todo, que no se trató de una imprudencia clamorosa, sino una infracción del deber de cuidado, dado que pudo comprobarse que la conductora llevaba engranada la primera velocidad y que “las circunstancias de la vía hacían dificultosa la incorporación”.