La Opinión de A Coruña

La Opinión de A Coruña

Peritos ligan parte del valor histórico del pazo de Meirás a los objetos de su interior

La representación de los Franco sostiene que todos los enseres que reclama, a excepción de cinco a los que renuncian, pueden trasladarse sin dañar la estructura ni las piezas

Algunos de los bienes interiores del pazo de Meirás. | // LOC

Representantes legales del Estado, la Xunta, la Diputación de A Coruña y los Concellos de Sada y A Coruña se vieron este jueves las caras con los letrados de la familia Franco, en la vista que se celebró en los juzgados de A Coruña. La cita tenía el objeto de resolver los incidentes de ejecución presentados por el Estado y el Concello de Sada al auto de la Audiencia Provincial que revoca el depósito cautelar de los bienes muebles y daba vía libre a los Franco para su retirada. La sentencia dirimirá, pues, qué bienes interiores ligados al pazo de Meirás, tales como cuadros, muebles, esculturas y objetos religiosos tienen derecho a retirar los Franco de la estructura.

Las administraciones personadas demandaban la propiedad de un número desigual de bienes. Si bien el Estado defendía ser propietario de 133 elementos que considera bienes inmuebles por destino o incorporación (es decir, bienes que fueron instalados con vocación de permanencia [por destino] o que no pueden retirarse sin provocar daños en el inmueble [incorporación], el Concello de Sada reclamaba la propiedad de todos los bienes, salvo los que los Franco pueden acreditar haber adquirido después de la muerte del dictador. El resto de administraciones se adhirieron a uno u otro expediente. Los Franco, por su parte, demandaban la totalidad de los objetos, pero admite que 78 de los bienes que demanda el Estado ( cruceiros, hórreos, bancos, escaleras, balaustradas, estanques) sí deben permanecer en Meirás por entrar en la categoría de bienes por incorporación.

Las partes tuvieron la oportunidad de defender sus argumentos. Entró como primer testigo el historiador Manuel Pérez Lorenzo, autor de un informe pericial encargado por el concello de Sada en el que detallaba, tomando como referencia imágenes de la época de Pardo Bazán y documentos audiovisuales y filmaciones del interior del pazo de Meirás, qué bienes se encontraban en la estructura antes de 1975, pues estos son todos los objetos que el Concello aspira a conservar. No obstante, Pérez Lorenzo tuvo que declarar en calidad de testigo, no de perito, ya que el magistrado de la sala no admitió su informe como prueba en la instrucción porque fue presentado “de forma extemporánea”, al haber sido entregado seis meses después de la presentación del incidente de ejecución por parte del ejecutivo sadense.

El historiador detalló en su testimonio la relación de algunos bienes cuya presencia en Meirás puede constatarse antes de 1975, como la mesa del escritorio de Emilia Pardo Bazán, el conjunto de sillas que forman parte de su despacho y algunos elementos de la capilla. Pérez Lorenzo destaca que en algunas obras de Emilia Pardo Bazán hay referencias a objetos como el sepulcro que la condesa mandó labrar y que los Franco reclaman. En las cuestiones previas, la representación de los Franco explicó que la familia renuncia a cinco de los bienes de los 55 que estaban en cuestión según la reclamación del Estado.

Se trata de los tres escudos del ducado de Franco, el monolito de piedra del jardín para conmemorar la visita de Alfonso XIII y Victoria Eugenia en 1927 y el cordobán del altar de la capilla. El arquitecto contratado por la familia, Ramón Blas Tojo, concluyó en su informe que el desmontaje de los escudos del ducado de Franco de la fachada y los incorporados a los conjuntos pétreos de los jardines podrían ocasionar daños tanto en los propios blasones como en la arquitectura que los rodea. Sobre el monolito, el perito advierte de que “a falta de catas más inclusivas”, no es recomendable su desmontaje para su traslado “dado que probablemente sufra daños considerables”, según consta en el documento.

Los letrados de la familia Franco citaron a declarar al perito, que sostuvo que los otros cincuenta elementos sí son desplazables de su ubicación sin perjuicio de la integridad de la estructura. Estos bienes incluyen el sarcófago que mando labrar Emilia Pardo Bazán, que, aprecia el perito contratado por los Franco, “no fue realizado a medida para su ubicación actual”. El perito se pronunció en los mismos términos con respecto a las tallas del retablo barroco, la pila de agua bendita, el confesionario de madera y la puerta de madera labrada que separa la capilla del vestíbulo, objetos que los Franco también pretenden llevarse.

Los peritos llamados por el Estado y la Xunta coincidieron en señalar, tal y como recogían en sus respectivos informes, la existencia de una serie de elementos “unidos al inmueble” para cuya extracción haría falta, incluso, como en el caso de una de las lámparas, picar la piedra de una de las paredes. La perito del Estado, Elena Iglesias Piñeiro, de la empresa Tragsa citó como ejemplos algunos blasones, que cuentan con sistemas de sujeción para quedar pegados a la base, o el cristo de pelo natural y las figuras de los angelotes de los que dispone la capilla, anexas a la pared por medio de alcayatas que habría que retirar.

La perito señaló que, además de los perjuicios al inmueble que ocasionaría la retirada de algunos elementos que los Franco demandan, estos objetos están colocados en el interior del pazo con “espíritu de permanencia”, aunque “no es imposible” moverlas porque son “separables físicamente”. A este respecto, los peritos llamados por la Xunta, Manuel Chaín y Juan Antonio Naveira, declararon que, más allá del daño a la estructura, separar algunos de los elementos del pazo alterarían su valor histórico, pues, más allá de la utilidad o el adorno, deben su razón de ser a “construir el carácter del espacio”, lo que alteraría no solo la imagen, sino el significado del sitio histórico de Meirás. Estos elementos, juzgan los expertos, no solo persiguen una función ornamental, sino que son “imprescindibles” para hacer realidad las pretensiones del dictador de representar la residencia del jefe del estado. “Se intenta transformar para representar un pasado nobiliario, y que el estado tenga mayor carácter de pazo”, un propósito para el que se traen piezas procedentes de otros edificios monumentales, como el Pazo de Dodro. Del mismo modo se pronunciaron sobre los ornamentos de la capilla, “indivisibles” de la estancia no por impedimentos materiales, sino por una cuestión de significado. “Si se retiran los elementos, no será la capilla del sitio histórico de Meirás. La capilla es la suma de todos esos elementos”, sostuvieron. Enajenar alguno de esos muebles, concluyeron los peritos, supone restar valor histórico y significado al sitio histórico de Meirás, en calidad de lo cual fue declarado Bien de Interés Cultural. En sus conclusiones finales, los letrados de las partes recogieron las observaciones de los peritos y se adhirieron a las conclusiones de sus colegas. El Estado, no obstante, no se manifestó en la vista sobre la adhesión al incidente presentado por Sada, que reclamaba más bienes que el ejecutivo central.

La representación de los Franco citó como testigo de su parte a quien fuera guardés del pazo y la finca durante dos décadas, Carlos Vilca, que trabajó a las órdenes de Carmen Franco. El guardés detalló que, cuando entró a trabajar en la propiedad en 2003, la hija del dictador tenía preparadas “muchas cajas” con destino A Coruña, que el propio trabajador fue el encargado de abrir, repartir y montar por las estancias de Meirás. “Doña Carmen siguió comprando cosas para el pazo, como muebles nuevos”, detalló Vilca, que aseguró que él mismo colgó algunos de los cuadros que reclaman los herederos de Franco, como los ejemplares pintados por Zuloaga o los angelotes que decoran la capilla. El guardés detalló que algunos de los elementos, como las estatuas o la escultura de Santiago Peregrino, que Carmen Franco, según el relato del trabajador de la finca, mandó sacar fuera y colocarla en la ubicación en la que hoy permanece; y que el atril situado en la capilla lo hizo la propia Carmen Franco en unas clases de manualidades que recibía en Madrid.

La letrada de los Franco señaló, en sus conclusiones, que todos los elementos son separables, y que el traslado no supone un detrimento grave para la estructura. Con respecto a la voluntad de permanencia de quien colocó los objetos, la abogada señaló que “deducciones no son pruebas”, y que la única prueba presentada es el testimonio del único testigo presencial de los hechos, el guardés Carlos Vilca, y que, en todo caso, “de forma permanente” . Del mismo modo, señaló que los bienes no pierden su valor al ser trasladados, pues, a su ver, “si no pudiesen retirarse de donde están ubicados, no existirían los museos”. La cuestión ha quedado vista para sentencia.

Compartir el artículo

stats