Nueva condena a Arteixo por el despido de un operario del servicio de recogida de basura

El Superior revoca una sentencia del juzgado y obliga a readmitir o indemnizar al empleado, que fue subrogado de Cespa y posteriormente despedido al no superar un proceso selectivo

Camión del servicio de recogida de basura de Arteixo. |   // LA OPINIÓN

Camión del servicio de recogida de basura de Arteixo. | // LA OPINIÓN / A. P.

A. P.

El Tribunal de Xustiza de Galicia ha condenado por segunda vez al Concello de Arteixo por el despido improcedente de un conductor del servicio de recogida de basura, empleado en Cespa desde julio de 2003 y que fue subrogado como personal municipal tras optar el Concello por abandonar el Consorcio As Mariñas y prestar directamente el servicio.

Este empleado, al igual que otro conductor que ganó recientemente un pleito contra el Ayuntamiento, fue despedido en agosto de 2021 al no superar un proceso selectivo por el procedimiento de concurso-oposición e indemnizado con 25.184 euros.

El Alto Tribunal aplica una nueva doctrina, en vigor desde 2019, que afecta a trabajadores de una empresa que son subrogados al remunicipalizar el servicio y que establece que si el personal de la concesionaria del servicio era fijo, al pasar a depender del Ayuntamiento también será personal fijo y no indefinido.

Los jueces argumentan en el fallo que este trabajador prestaba servicios para Cespa como fijo y que al pasar a depender del Concello de Arteixo se modificó el vínculo contractual y pasó a ser indefinido no fijo y a “afrontar el riesgo, antes inexistente”, de superar un proceso selectivo para conservar su puesto.

En una sentencia dictada el pasado 23 de octubre, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia revoca una sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de A Coruña, declara improcedente el despido y condena al Concello de Arteixo a optar entre readmitir a este operario o abonarle una indemnización de 57.035 euros, (45 días por año con un máximo de 42 meses descontando de esta cuantía la que pudiese haber percibido por este concepto).

Esta sentencia llega solo cuatro meses después de que el Tribunal Superior revocase otro fallo del juzgado de lo social y declarase improcedente el despido de otro trabajador que fue subrogado también de Cespa al Concello tras la salida del Consorcio As Mariñas. En ese caso, se trataba igualmente de un conductor que trabajaba para Cespa desde 2004. El TSXG condenó al Ayuntamiento a readmitir a este operario en las mismas condiciones que regían antes del despido con el abono de los salarios no percibidos desde esa fecha o a indemnizarlo con 54.770 euros (descontando la indemnización ya percibida).

En los dos casos, los jueces del Tribunal Superior abren la puerta a presentar un recurso de casación para la unificación de doctrina.

Suscríbete para seguir leyendo