La Audiencia solo permite a los Franco retirar cinco bienes del pazo de Meirás

El tribunal confirma en un auto, contra el que no cabe recurso, que todas las piezas exteriores y la mayoría de las interiores forman parte del inmueble

Visitantes en el pazo de Meirás. |   // CARLOS PARDELLAS

Visitantes en el pazo de Meirás. | // CARLOS PARDELLAS / Iván Aguiar

La batalla por los bienes del pazo de Meirás que libran el Estado y la familia Franco ha dado un nuevo paso adelante. La Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado casi en su integridad la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña emitida en julio de 2022, en la que se decretó que deben permanecer en el pazo 132 bienes de los 697 inventariados al entender que se trata de elementos “inseparables” del complejo. El nuevo fallo judicial solo retira de la lista cuatro elementos: los angelotes de bronce de la capilla, una virgen, una lámpara situada sobre la pilastra de la escalera y unos apliques de pared metálicos, que se suman a un quinto: las alfombras pasilleras, cuya retirada ya había sido autorizada. No cabe recurso contra esta decisión judicial.

El tribunal, tras examinar la decisión dictada en primera instancia, ha determinado, en un auto, qué elementos forman parte del pazo y no podrán retirarse de ninguna manera. No se trata de la sentencia sobre la titularidad de los bienes que ahora reclama el Estado.

La Audiencia confirma y mantiene que forman parte integrante del pazo la totalidad de los bienes situados en el exterior que han sido objeto del litigio judicial. Los jueces argumentan que “resulta innegable que las piezas pétreas del jardín del pazo de Meirás constituyen un elemento consustancial” que lo define, “acordes con la configuración de lo que es un pazo gallego”, muchos de los cuales como bancos, fuentes y mesas de granito, “guardan una estética de conjunto, como es el elemento arquitectónico de las bolas repetitivas en los mismos, incluso concordantes con los elementos del sepulcro de la capilla, estando en tiempos ya de doña Emilia Pardo Bazán, e incluso diseñados por ella”. Además, recalcan que el “jardín del pazo de Meirás sería un simple jardín sin los elementos muebles” en disputa, “perdiendo su propia idiosincrasia y contenido”.

La mayor parte de los elementos interiores discutidos se encuentran en el altar mayor de la capilla. La Audiencia recalca que es “impensable un retablo sin imágenes, cuando además está históricamente acreditado que el mismo es del siglo XVII o principios del XVIII, colocado en tiempos de la Condesa de Pardo Bazán”. De los elementos que la familia Franco reclama del interior del pazo, los jueces le han permitido retirar estos cuatro y el quinto que ya se podía mover. El auto judicial, dictado en la fase de ejecución de la resolución judicial de 2020 que declaró que el inmueble es propiedad del Estado, es firme, pues contra él no cabe presentar recurso.

Elementos que forman parte del pazo

El tribunal provincial, con el auto que se dio a conocer ayer viernes, ha confirmado en parte la resolución del órgano de primera instancia y ha determinado, qué elementos forman parte del pazo y no podrán retirarse. Los 128 elementos que deben permanecer en Meirás se corresponden en gran medida con los elementos pétreos del jardín: conjuntos escultóricos, los bancos y mesas de piedra, los hórreos y cruceiros, frisos, balaustradas, fuentes, estanques, pilas bautismales...

Los Franco coincidían con el Estado en que buena parte de estos elementos no eran removibles, pero sí reclamaban parte que el juzgado y la Audiencia han cerrado la puerta a retirar. En concreto, las esculturas, los blasones y relojes de sol de piedra, los bancos o las pilas bautismales reconvertidas en maceteros, entre otras. Del interior de la capilla, los Franco defendían su derecho a llevarse las esculturas del retablo de la capilla, el Cristo de pelo natural, el confesionario, el sarcófago que mandó labrar Emilia Pardo Bazán, unos angelotes e, incluso, la puerta que comunicaba el templo con el vestíbulo de As Torres.

Del interior de este emblemático complejo situado en Sada, el auto de primera instancia ya permitía retirar unos pocos elementos: los aparatos sanitarios de los baños, dos esculturas del arco de acceso al vestíbulo, una lámpara sobre la pilastra de la escalera, unos apliques de pared, unas vidrieras, la Virgen de piedra colocada sobre la chimenea de uno de los salones y un tapiz con escudo.

Las únicas piezas del inventario elaborado en 2020 por los técnicos de Patrimonio Cultural de la Xunta que los recurrentes podrán llevarse del pazo son los angelotes de bronce de la capilla, una virgen, una lámpara situada sobre la pilastra de la escalera y unos apliques de pared metálicos, las cuales se suman a las alfombras pasilleras, cuya retirada ya había permitido el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña en un auto recurrido por la familia Franco ante la Audiencia.

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