La ordenanza de terrazas de Arteixo establece multas de hasta 3.000 euros por incumplimiento de horarios
La norma permitirá la apertura hasta las 01.00 horas los fines de semana y una hora más en los meses de verano | El Concello lleva a pleno la propuesta para su aprobación inicial

Una terraza en la plaza del Balneario de Arteixo. | // VÍCTOR ECHAVE
El Concello de Arteixo elevará este mes a debate en el pleno ordinario la ordenanza de terrazas que anunció hace ya más de diez años, en 2013, con la que pretende garantizar un “uso racional del espacio público” y establecer un “marco jurídico que permita armonizar” el uso público del espacio y su aprovechamiento hostelero.
La norma, que recala en pleno para su aprobación inicial, establece sanciones que oscilan entre los 300 y los 3.000 euros. Entre otras infracciones, el texto recoge la falta de ornato, la instalación de equipos de música, la realización de espectáculos no autorizados o el incumplimiento de horarios. Las multas por mantener las terrazas fuera de hora pueden alcanzar los 3.000 euros en caso de sobrepasar en una hora el tiempo establecido, ya sea de apertura o cierre.
La ordenanza establece que las autorizaciones de terraza tendrán una vigencia de un año y podrán renovarse automáticamente de no producirse alteraciones en las condiciones. Los horarios de funcionamiento serán de 08.00 a 00.00 de domingo a jueves y hasta la 01.00 horas los viernes, sábados y vísperas de festivos. En los meses de junio, julio, agosto y septiembre se permitirá una hora más (hasta las 01.00 de domingo a jueves y a 02.00 fines de semana).
La superficie máxima de ocupación de las terrazas será de 50 metros cuadrados salvo los locales que tengan más de una fachada. Las mesas deberán dejar un espacio libre para el paso de peatones de, al menos, 1,80 metros. El Concello permitirá que se instalen terrazas en espacios destinados a estacionamientos y en calles peatonales o de circulación restringida siempre que se garantice el paso de vehículos de emergencia y el tránsito peatonal.
Las terrazas deberán tener un diseño uniforme y el Concello podrá ordenar que se cumplan determinadas condiciones estéticas “acordes con la realidad arquitectónica del entorno”. Las sillas y mesas deben ser de “material resistente, fácil de limpiar y de color inalterable”, y se permitirá la instalación de “elementos de climatización de bajas emisiones acústicas debidamente homologados”.
Los cierres perimetrales con pantallas opacas de madera o chapa metálica tendrán una altura máxima de 100 centímetros y las de vidrio transparente, metacrilato o policarbonato, de hasta dos metros. Los solados o plataformas sobre las que se instalen las mesas y sillas tendrán una altura máxima de 50 centímetros.
El Concello se reserva la potestad de declarar determinados espacios como “físicamente saturados” para impedir nuevas terrazas y también declarar zonas en las que quede expresamente prohibida la instalación de terrazas de veladores.
La ordenanza, que se someterá a exposición pública tras su aprobación en pleno para la presentación de alegaciones, establece también los trámites que deberán seguir los hosteleros para recabar las preceptivas autorizaciones. El órgano competente será la Policía Local de Arteixo.
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