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La Justicia avala la clausura de un ‘pub’ de Fonteculler que trucó el limitador de ruido

La jueza avala la sanción de cierre durante 18 meses que impuso Culleredo tras las quejas vecinales | El hostelero apeló sin éxito a supuestas irregularidades en el procedimiento

Betanzos tramita sanciones a dos locales por incumplir los niveles permitidos.  Tras las reiteradas quejas de los residentes en la zona de marcha, el Concello encargó mediciones de ruido que han constatado excesos en dos locales. El Ayuntamiento ya ha abierto un expediente sancionador a uno de los pubs y ultima otro. | LOC

Betanzos tramita sanciones a dos locales por incumplir los niveles permitidos. Tras las reiteradas quejas de los residentes en la zona de marcha, el Concello encargó mediciones de ruido que han constatado excesos en dos locales. El Ayuntamiento ya ha abierto un expediente sancionador a uno de los pubs y ultima otro. | LOC

Redacción

Betanzos

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de A Coruña ha avalado la resolución dictada por el Concello de Culleredo por la que se ordenó la clausura de un pub de Fonteculler durante 18 meses por vulnerar la ordenanza de ruidos. Se trata de un establecimiento que propició numerosas quejas vecinales y también de los grupos de la oposición, que instaron al Concello a tomar medidas.

La jueza ha dado ahora la razón al Ayuntamiento, que impuso en julio de 2022 una sanción a este local de la urbanización La Ría por una infracción grave tras comprobar que había trucado el limitador de ruidos. Según detalla la sentencia, la empresa que inspeccionó el pub constató una «manipulación tan burda como tener metido en una caja el micrófono que formaba parte del limitador acústico».

El gestor del local alegó sin éxito que la instalación del limitador no era obligatoria, sino «recomendable». El hostelero apeló además a supuestas irregularidades en el procedimiento, como la denegación del acceso al expediente administrativo o la contratación de una empresa para inspeccionar los equipos que no estaba certificada para el estudio y manipulación de los limitadores  instalados en el local.

El juzgado rechaza todos sus alegatos. La magistrada concluye que el demandante fue informado de la apertura del expediente sancionador y que se le facilitó copia del acta de comprobación, por lo que no se aprecia que se le haya ocasionado indefensión durante la instrucción del expediente.

«Tenía conocimiento de los hechos, se le había entregado copia del acta de inspección y conocía el contenido del informe de Virocem, que se encontraba a su disposición en el área de Medio Ambiente», concluye.

Sobre la supuesta falta de homologación de la empresa que realizó la inspección, el juzgado da por buenas las explicaciones de los responsables, que testificaron que no fue necesario ningún tipo de acceso al limitador para apreciar su limitación. En su informe los técnicos detallaban que el equipo de reproducción sonora situado detrás de la barra no estaba limitado dado que el limitador instalado no efectuaba el corte de la señal y el micrófono estaba cubierto en el interior de una caja. Refirieron además que el día de la inspección estaba en funcionamiento un segundo equipo de música que no formaba parte de la instalación fija que debía estar controlada por el limitador de potencia.

Tampoco acepta el juzgado la alegación relativa al carácter supuestamente voluntario de este sistema de limitación de ruidos. La magistrada recuerda que el establecimiento disponía de una licencia de apertura en la que estaba previsto el sistema limitador, que en el momento de la inspección no funcionaba y había sido manipulado.

El alcalde de Culleredo, el socialista José Ramón Rioboo, mostró este sábado su satisfacción por un fallo que, sostiene, «confirma que la actuación municipal fue impecable». El regidor avanza que, «tras este refrendo de la Justicia», el Concello procederá «de igual modo» con un establecimiento de O Burgo que «está generando molestias a los residentes».

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